La UE dictamina que el proyecto de regadío del canal Segarra-Garrigues (Lleida) vulnera la legislación europea

Actualizado: martes, 18 diciembre 2007 12:31


BRUSELAS, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó hoy que el proyecto de regadío de la zona del canal Segarra-Garrigues (Lleida) vulnera la legislación medioambiental comunitaria, y en concreto la norma que protege a las aves silvestres. La sentencia señala que esta infracción no puede justificarse, como hace España, por el hecho de que este proyecto tenga una gran importancia para el desarrollo económico y social del territorio afectado.

El caso se remonta al año 2001, cuando la Comisión recibió una queja según la cual este proyecto afectaría a las dos únicas zonas importantes para la conservación de las aves esteparias en Catalunya. Ante la negativa de las autoridades españolas a modificar el plan del canal Segarra-Garrigues, el Ejecutivo comunitario lo denunció ante el Tribunal de Luxemburgo.

En su sentencia, el TUE recuerda que la normativa europea sobre aves impone a los Estados miembros el deber de designar zonas especiales de protección de aves (ZEPA), y evitar dentro de ellas la contaminación o el deterioro de los hábitat, así como las perturbaciones que afecten a las aves. Esto se aplica, prosigue el TUE, incluso en los casos en los que la zona afectada no haya sido calificada como ZEPA cuando debía haberlo sido.

Los jueces destacan que algunos de los terrenos afectados por este proyecto de regadío --como las zonas de Plans de Sió, Belianes-Preixana, y Secans del Segrià-Garrigues, que cobijan en particular a especies como el sisón, la alondra de Dupont, la carraca europea y el águila perdiguera-- iban a ser clasificados como ZEPA según el acuerdo adoptado por la Generalitat de Catalunya el 5 de septiembre de 2006. En este sentido, el Tribunal entiende que se incluían en el régimen de protección establecido por la normativa comunitaria.

Por este motivo, la sentencia concluye que "España ha incumplido la directiva relativa a la conservación de las aves silvestres al haber autorizado" el proyecto de regadío de la zona del canal Segarra-Garrigues.

"Esta constatación no puede ser cuestionada por la mera circunstancia de que dicho proyecto, como sostiene España, tenga una importancia considerable para el desarrollo económico y social del territorio afectado", subraya.