Absuelta una acusada de envenenar a una compañera de trabajo

Actualizado: miércoles, 2 septiembre 2015 8:49

El magistrado explica que la pastilla introducida en una botella de agua de la denunciante era "inocua, carente de potencial lesivo"

   PAMPLONA, 2 Sep. (EUROPA PRESS) -

   Una empleada de lavandería de un centro hospitalario de Navarra ha sido absuelta del delito de lesiones del que era acusada al entender el magistrado que no se puede tildar de intento de envenenamiento el hecho de que hubiera introducido una pastilla de una sustancia indeterminada en un botellín de agua con suero de una compañera de trabajo. La sentencia puede ser recurrida.

   El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona asegura, en sintonía con las pretensiones del Ministerio Fiscal, que no cabe considerar acreditada la comisión de un delito de lesiones, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

   Para ello, la sentencia parte de un hecho fundamental: la sustancia introducida en la bebida de la víctima, fuera una pastilla de menta o una pastilla encontrada en el suelo, era en esa dosis al menos "inocua, carente de potencial lesivo".

   Al respecto, el juez lamenta que, por una negligencia policial en la custodia, se originó la destrucción de la muestra y no pudo analizarse el suero alterado por la pastilla. Pero, agrega, existen datos suficientes para alcanzar el veredicto absolutorio, entre ellos, el más importante, el hecho de que la víctima no sufrió lesión alguna.

   Los hechos juzgados se produjeron en el Centro Hospitalario Padre Menni de Elizondo la mañana del 25 de febrero de 2012. La acusada, empleada de lavandería, introdujo la citada pastilla en una botella con suero que su compañera de turno había llevado al trabajo para paliar la gastroenteritis que padecía. Sobre las 9.30 horas, la víctima dio un trago a la botella y notó un "sabor amargo y escozor". Se enjuagó la boca y terminó el turno con normalidad.

   A los tres días, llevó el botellín al Complejo Hospitalario de Navarra y dijo al personal que creía que alguien había modificado el contenido. El médico que le atendió dio un sorbo al suero y advirtió "un intenso sabor amargo, no quemante".

   El 1 de marzo, la procesada telefoneó "compungida" a su compañera y le reconoció haber introducido una pastilla en su bebida. Su empresa le abrió un expediente sancionador que concluyó con una sanción de tres meses de suspensión de empleo y sueldo.

   Por su parte, la víctima, que creía haber sido víctima de un intento de envenenamiento, comenzó a experimentar "ansiedad, tristeza, insomnio, dificultad para concentrarse, sensación de amenaza, inquietud constante, sobresaltos, reviviscencias del hecho y conductas de huida y evitación", que ella asociaba al origen del suceso. Tardó en curarse 353 días, durante los cuales permaneció incapacitada para su trabajo y requirió de tratamiento farmacológico y psicológico.

   Sin embargo, el juez considera que estos trastornos no pueden imputársele a la acusada ya que la pastilla que introdujo era inocua y, por tanto, no hubo intento alguno de envenenamiento. Además, recalca la inexistencia de la intención de lesionar: "En efecto, mal puede pretenderse ocasionar a alguien una lesión, sea física o psíquica, haciéndole ingerir una pastilla de menta o una dosis de un medicamento".

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