Actualizado 07/04/2008 20:03

Crónica Juicio.- Dos de los procesados por el asesinato de la psicóloga Anna Permanyer, condenados a 24 años de prisión

- Un jurado popular les consideró culpables de los delitos de asesinato y extorsión y absolvió a la tercera procesada

BARCELONA, 7 Abr. (OTR/PRESS) -

Dos de los procesados por el asesinato en 2004 de la psicóloga barcelonesa Anna Permanyer deberán hacer frente a 24 años de cárcel, según una sentencia de la Audiencia de Barcelona. Fue un jurado popular el que los consideró culpables tanto del delito de asesinato con ensañamiento y alevosía como de extorsión, por lo que también deberán pagar una indemnización a su familia y no acercarse a ella a menos de un kilómetro durante los próximos 10 años. Por su parte, la tercera procesada fue absuelta a pesar de que existían indicios de su colaboración en los hechos.

Todo ocurrió el pasado 27 de septiembre de 2004, cuando los dos condenados, Carmen B.L. y Joan S.B., obligaron utilizando la "violencia o intimidación" a la psicóloga barcelonesa a firmar un contrato de arras por la venta del piso, el garaje y el trastero que Permanyer poseía en el edificio Atalaya, en la avenida Diagonal de Barcelona. Tras ello, la acusada golpeó a la víctima con un objeto contundente, algo de lo que no pudo defenderse puesto que le faltaban la mano y antebrazo izquierdos. Una vez quedó inconsciente, le colocaron tres bolsas de plástico en la cabeza, lo que le provocó la muerte por asfixia, tras lo que escondieron el cadáver en una zona boscosa cercana a Sitges (Barcelona), donde fue encontrada el 7 de octubre siguiente.

Según la sentencia, en el contrato firmado por la víctima constaba cómo la acusada había entregado a la fallecida 420.000 euros, aunque los investigadores no consiguieron encontrar pruebas de la transacción. Es más, consideraron que Carmen B.L. no tenía líquido suficiente para efectuar el pago, al mismo tiempo que ella no pudo presentar ningún testigo que corroborara su versión.

Tras el análisis del documento, quedó probada la extorsión, pues su rúbrica presentaba "alteraciones emocionales" tal y cómo determinaron las pruebas caligráficas efectuadas. Además, las cantidades de dinero que la acusada dijo haber entregado a Permanyer eran "extremadamente elevadas" como para no reclamarlas tras la desaparición de la víctima.

Por su parte, la implicación de Joan S.B. en el caso quedó probada por un pelo suyo que la Policía encontró en el cuerpo de la víctima, que apareció envuelto en una sábana que coincide con un juego de ropa de cama de la condenada.

Por todo ello, la sentencia impone a los dos acusados 22 años de cárcel por asesinato con ensañamiento y alevosía (tres menos de lo que pedía la acusación) y otros dos por el delito de extorsión. Asimismo, deberán indemnizar con 960.000 euros al marido, los cuatro hijos y la hermana de la víctima, a los que no se podrán acercar a menos de un kilómetro durante los próximos diez años, ni comunicarse con ellos.

LA TERCERA PROCESADA, ABSUELTA

A pesar de que la investigación encontró indicios y pruebas que desprenden "elementos incriminatorios" contra Anabel T.P., algo que le supuso cumplir prisión provisional, el magistrado presidente consideró que el jurado popular se basó en las pruebas presentadas durante la vista oral, celebrada entre el 18 de febrero y el 12 de marzo en la Audiencia de Barcelona.

Entre dichas pruebas se encontraba el horario del supermercado Sabeco, en Fraga (Huesca), según el cual, Anabel T.P. acabó de trabajar a las 17.30 horas. Sin embargo, la sentencia recalca que ella misma era la encargada de elaborar los horarios, además de que no fichaba y tenía un horario flexible.

Además, la Policía tampoco pudo probar que su ordenador e impresora fueran los utilizados para imprimir el contrato de arras, tal y como sostuvo la acusación, por lo que resultó absuelta.

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