- Un estudio sobre 80 sentencias revela una disminución de absoluciones y la penalización de los malos tratos psicológicos
MADRID, 13 Feb. (OTR/PRESS) -
La Federación de Mujeres Progresistas aprecia un "cambio en el comportamiento de los jueces" en favor de las medidas contenidas en la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género. Según un informe publicado hoy por este colectivo, a partir de 80 sentencias publicadas en los medios de comunicación, lo más notable son las reducciones en las sentencias absolutorias así como el reconocimiento de los malos tratos psicológicos o el suicidio provocado a raíz de ellos.
En 2005 las sentencias absolutorias representaron el 35% de las analizadas por esta federación, mientras que en 2006 sólo representaron un 8% del total de las estudiadas. En más de la mitad de las sentencias, un 57%, se contemplaron penas privativas de libertad superiores a dos años, mientras que solamente en un 22% el juez contempló penas de cárcel inferiores. Según Enriqueta Chicano, presidenta del Mujeres Progresistas, "estamos empezando a ver el principio de una tendencia de aplicación de la Ley".
Además de estos factores, la asociación piensa que los jueces empiezan a aplicar la ley de una manera correcta ya que también tienen más en cuenta el maltrato psicológico como otro elemento a valorar dentro de los casos de violencia de género. Así también, reconocen el suicidio como una causa directa de este tipo de maltrato. Como ejemplo, en el informe se recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya que condenó a un hombre cuya esposa "se mató" al huir del maltrato, a 20 años de prisión.
Entre otras sentencias ejemplares se recoge la de un caso del Juzgado de Instrucción número 2 de Fuenlabrada (Madrid) en el cual una mujer recuperó la custodia de su hijo tras haberla perdido previamente por sufrir una crisis de ansiedad en el propio juzgado. Otra sentencia reseñada por Mujeres Progresistas, pero en este caso, por todo lo contrario, es la de un juzgado de Málaga que absolvió al agresor al considerar como "una mala relación personal" el maltrato que éste inflingía sobre su pareja, o un caso de la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó a un hombre por homicidio en vez de asesinato, porque nadie presenció cómo mataba a su suegra.
DERECHO A NO DECLARAR CONTRA SU AGRESOR
La Federación denuncia en su escrito que "muchos procedimientos" de violencia contra las mujeres se archivan ya que ellas mismas se amparan en su derecho a no declarar contra su pareja nada más que conocen el dato de que pueden hacerlo gracias al artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Mujeres progresistas reclama la modificación de este artículo dado que cuando son advertidas, rechazan declarar contra ellos por "bloqueo psicológico" o "miedo".
También se señala en el informe la "resistencia" que ofrecen algunos jueces a la hora de aplicar la ley. Significativo es el caso de la jueza decana de Barcelona, María Sanahuja, que es una destacada opositora al principio de discriminación positiva que supone esta ley a favor de las mujeres. De cualquier modo, la Federación considera como aislados estos casos y se muestra contenta ante el "avance social, profesional y legislativo tendente a erradicar la violencia de género". Mujeres Porgresistas valora también "el mejor tratamiento y análisis de este tipo de noticias en los medios de comunicación". Enriqueta Chicano, reconoció que los datos de mujeres muertas a manos de sus parejas son "insoportables". En lo que va de año ya son 8 las mujeres muertas a causa de la violencia de género.