Se prorroga la prohibición de venta de productos con dimetilfumarato

Actualizado: lunes, 14 marzo 2011 11:54


MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Instituto Nacional del Consumo (INC), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha decidido, a través de la resolución de 4 de marzo de 2011, prolongar la eficacia de la Resolución de 7 de enero de 2010, por la que "se prohíbe la comercialización y disposición en el mercado de cualquier producto que contenga dimetilfumarato". En concreto, esta prohibición se prolonga un año más, hasta el 15 de marzo de 2012.

El uso de dimetilfumarato como biocida, fundamentalmente en calzado, puede causar irritaciones y alergias a ciertas personas, provocando picor, enrojecimiento de la piel, erupciones, quemaduras, eczema y en algunos casos, dolores articulares. Asimismo, el contacto con el dimetilfumarato, combinado con determinadas patologías, puede provocar trastornos respiratorios agudos o crónicos

El 15 de junio de 2009 se inició el procedimiento para prohibir la comercialización y disposición en el mercado de cualquier producto con dimetilfumarato, en aplicación de la Decisión de la Comisión 2009/1723/CE, de 17 de marzo de 2009.

El 7 de enero de 2010 se adoptó la resolución que pone fin a este procedimiento con un periodo de validez de 1 año, publicándose en el BOE de 28 de enero de 2010, y adoptada de conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, que permite su prorroga por períodos adicionales no superiores a un año.

Posteriormente, la Resolución de 13 de marzo de 2010 prolonga la eficacia de dicha resolución, hasta el 15 de marzo de 2011. La validez de la Decisión 2009/1723/CE, de 17 de marzo, se limitaba a un año, período que ha sido prolongado primero por la Decisión 2010/153/CE, de 11 de marzo de 2010 y recientemente por la Decisión 2011/135/CE, de 1 de marzo.

"Las razones que motivaron la Decisión y por tanto la Resolución siguen siendo validas, por lo que, en ausencia de una medida permanente en relación con los productos de consumo que contienen dimetilfumarato, es necesario prolongar la validez de la medida", señalan desde el INC.

En consecuencia, añade, "es necesario prolongar la eficacia de la Resolución de 7 de enero de 2010 para garantizar que todas las comunidades autónomas mantengan la prohibición establecida por la citada Resolución, de conformidad con el artículo 13 de la Directiva 2001/95/CE, de 3 de diciembre, relativa a la seguridad general de los productos".