OVIEDO 20 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha desestimado el recurso presentado por una estudiante universitaria por discrepancias con la Universidad de Oviedo ante el cambio de planes universitarios debido a la entrada en vigor del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), conocido como Plan Bolonia.
La sentencia confirma el auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Oviedo, de fecha 12 de septiembre de 2011, e impone a la demandante el pago de las costas.
El magistrado José Ignacio Pérez Villamil suscribe que la apelante "se mueve en términos meramente hipotéticos" y señala que resulta "poco verosímil" que en las actuales circunstancias del mercado laboral, una empresa se encuentre a la espera de que una alumna termine sus estudios conforme al Plan 2001 para contratarla.
Asimismo, indica que no existe "base alguna" para considerar que, de haber seguido el plan antiguo, hubiera ido superando curso a curso los años de diplomatura en la que se matriculó, pues ya el primer año no aprobó todas las asignaturas.
De este modo, el juez entiende que pedir una compensación económica por los dos años de más que había tenido que invertir en acabar la carrera por la entrada del Plan Bolonia "se mueve en términos no probados o efectivos, sino en bases hipotéticas incompatibles con entender producido un perjuicio indemnizable".