Consejo.- El Gobierno modifica el reglamento de calidad y seguridad industrial

Europa Press Sociedad
Actualizado: viernes, 19 marzo 2010 16:55

MADRID 19 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el reglamento de la infraestructura para la calidad y seguridad industrial, aprobado por otro Real Decreto de 1995, con la finalidad de adaptarlo a la Directiva europea de Servicios.

Los cambios más relevantes son que el órgano competente de la comunidad autónoma inscribirá de oficio en el Registro Integrado Industrial los datos de los organismos de normalización reconocidos como de las entidades de acreditación designadas, obligación que hasta ahora recaía en los propios organismos y entidades.

Asimismo, se elimina la obligación de inscribirse en el correspondiente registro para las entidades de certificación, laboratorios de ensayo, entidades auditoras y de inspección, laboratorios de calibración industrial y verificadores medioambientales.

Esta obligación se sustituye por la de presentar una comunicación de inicio de actividad o instalación ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde inicien su actividad o radiquen sus instalaciones.

Las entidades deberán posibilitar que la presentación de la comunicación sea realizada por vía electrónica, así como dar traslado inmediato de los datos comunicados al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su inclusión en el Registro Integrado Industrial.

Por otro lado, se suprimen algunos de los requisitos de autorización, como, por ejemplo, la obligación de presentar una declaración del estatuto jurídico, propiedad y fuentes de financiación de la entidad, así como de los estatutos o norma por la que se rija el organismo ante la Administración pública competente.

La vigencia de la autorización de los organismos de control será indefinida y para todo el territorio nacional, si bien dichos organismos, antes de actuar en una comunidad autónoma distinta de la que les autorizó, deberán notificar su intención al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que dará traslado inmediato a las comunidades correspondientes.

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