Experto ve conveniente que algunos casos de abuso se juzguen en la Iglesia por los plazos de prescripción "más amplios"

Europa Press Sociedad
Publicado: viernes, 1 marzo 2019 12:43


ROMA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

El sacerdote jesuita argentino Damián Astigueta SJ, experto en Derecho Canónico, ha subrayado que en algunos casos es conveniente para las víctimas de abusos por parte del clero que su caso sea juzgado según el ordenamiento jurídico del Vaticano ya que los tiempos de prescripción son "más amplios" que en otras legislaciones. Además, la Congregación de la Doctrina de la Fe puede "dispensarla" si lo considera necesario.

"En 2011, Benedicto XVI dobló la prescripción hasta los 20 años a partir de que la víctima cumple 18 años. O sea, si la persona abusó de un menor que tenía 10 años, en total son casi 30 años de prescripción. En muchos países es un delito imprescriptible y, en otros, la prescripción es más breve que en la Iglesia", ha apuntado Astigueta en una entrevista con Europa Press.

El experto también ha explicado que, por ejemplo, en la legislación de Estados Unidos los delitos de pederastia "no prescriben nunca", si bien ha puesto de manifiesto que la Iglesia tiene la facultad de "dispensar" la prescripción tras un análisis caso por caso, algo que no ocurre en ningún otro país.

En el caso de España, actualmente la prescripción empieza a contar a partir del momento en el que la víctima cumple 18 años. Si bien, el pasado mes de diciembre el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, en el que se establece que el plazo de prescripción de los abusos a menores empiece a contar desde que la víctima cumpla 30 años, pero la convocatoria de elecciones hace que este proyecto no se pueda tramitar en esta legislatura.

Astigueta ha valorado que la petición de las asociaciones de víctimas de que todos estos casos sean denunciados automáticamente al Estado no siempre es "posible" porque depende de la legislación de cada país que dicta "si hay obligación de denuncia o no". "Porque muchas víctimas no quieren que sus nombres sean públicos y podrían preferir denunciar privadamente", ha incidido.

"Las asociaciones de víctimas piden que los casos pasen a la justicia del Estado porque no se fían de los tribunales eclesiásticos. Pero la Iglesia se ha ocupado de este tema y ha castigado a todos los que ha considerado culpables y no de manera suave", ha sentenciado.

En este sentido, ha añadido que, "aunque todos los procesos sean llevados a la ordenación civil, la Iglesia, que posee un ordenamiento jurídico autónomo, no renuncia al propio derecho de hacer sus procesos". "Se hacen dos procesos del mismo caso que, además, pueden tener conclusiones contradictorias. Lo que el Estado ve sin suficientes pruebas y declara inocente, puede ser una sentencia de culpabilidad para la Iglesia y viceversa", ha agregado.

Así, ha dicho que es "peligroso" que haya un traspaso automático de la documentación sobre abusos sexuales de la legislación del Vaticano a la justicia del Estado. "Los ordenamientos jurídicos de la Iglesia y el Estado son paralelos y autónomos. La Iglesia solo está obligada al respeto de las leyes del Estado", ha subrayado.

A este respecto, ha puntualizado que "para evitar malinterpretaciones", en muchos casos "no se inicia la investigación canónica hasta que no termine el juicio civil".

Estos casos comienzan siempre con una denuncia en sede diocesana o de una congregación religiosa que da lugar a una investigación previa. El resultado de esta investigación se traspasa, con toda la documentación, a la Congregación de la Doctrina de la Fe que decide si el caso deberá ser juzgado por vía ordinaria a través del obispo o el provincial o, en cambio, aboca el caso al Vaticano.

Por otro lado, ha especificado que la Iglesia "hace mucho tiempo que ha dicho que es necesario denunciar" a la justicia civil en los Estados en los que esto es obligatorio.

SECRETO PONTIFICIO

El doctor en Derecho Canónico por la Pontificia Universidad Gregoriana de Roma ha defendido la importancia del secreto pontificio --uno de los instrumentos de confidencialidad usado por la Iglesia en los procesos penales y que ha sido objeto de críticas durante la cumbre sobre pederastia del Vaticano-- para "custodiar la libertad de los que investigan".

"Los procesos penales canónicos están sujetos a un secreto procesal que sería el equivalente del secreto de sumario para garantizar la independencia de la gente que trabaja en el proceso. Lo peor que le puede pasar a un proceso es que sea mediático porque los medios de comunicación terminan interfiriendo, formando bandos en función de una parte o la otra", ha valorado.

Sobre la petición del presidente de la Conferencia Episcopal Alemana, el arzobispo de Munich y Freising, Reinhard Marx, de definir los límites del secreto pontificio para que no favorezca el encubrimiento de abusos, Astigueta ha reivindicado la validez de este instrumento para que no "venga a menos" la máxima de que "las personas que están bajo proceso no son culpables", sino que "son inocentes hasta que se demuestre lo contrario". "Este principio a veces viene a menos por la presión mediática", ha incidido.

Así, ha determinado que con la aplicación del secreto "no es que la Iglesia quiera engañar" sino que tiene que primar la "protección de la buena fama". "Pensar que hay una conspiración de la Iglesia para ocultar la lacra de los abusos es una lectura negativa", ha concluido.

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