El Gobierno autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por 11,6 millones para incendios e inundaciones

Un helicóptero de las Brigadas de Refuerzo en Incendios Forestales (BRIF) de Cantabria trabaja en las labores de extinción de un incendio forestal en el valle de Ardisana, a 10 de marzo de 2023, en Llano, Asturias (España).
Un helicóptero de las Brigadas de Refuerzo en Incendios Forestales (BRIF) de Cantabria trabaja en las labores de extinción de un incendio forestal en el valle de Ardisana, a 10 de marzo de 2023, en Llano, Asturias (España). - XUAN CUETO / EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 20 marzo 2023 15:52

MADRID, 20 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 11,6 millones de euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial para paliar daños causados por diversos incendios forestales e inundaciones en el conjunto de las comunidades autónomas.

En concreto, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, dependiente del Ministerio de Política Territorial, ha iniciado un expediente en solicitud de un crédito extraordinario con el fin de posibilitar la convocatoria de subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular, para paliar los daños causados por diversos incendios forestales e inundaciones en las Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Baleares, Comunidad de Madrid, Navarra, La Rioja, Asturias, Galicia, Cantabria, País Vasco y Murcia, por un importe de 11.659.183,32 euros.

El apartado cuarto de dichos acuerdos establece un régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada, en el que se establece que a los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero que ejecuten los ayuntamientos, cabildos y consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal se les aplicará la tramitación de urgencia y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50% de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal.