El rapero mallorquín Valtonyc
ATENEU DE FELANTIX
Publicado: martes, 20 febrero 2018 18:42

MADRID, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) ha tachado de "inaudito e impropio de una democracia plural" y "una vulneración de los principios internacionales sobre libertad de expresión" que el Tribunal Supremo haya confirmado la condena a tres años y seis meses de cárcel que la Audiencia Nacional impuso al rapero 'Valtonyc' por delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona, y amenazas.

"Es desconcertante ser testigo en pleno siglo XXI de algo parecido a la Inquisición. La persecución de la libertad de expresión en España está alcanzando cotas insoportables desde hace ya tiempo, pero encarcelar a un músico por las letras de sus canciones sobrepasa todo lo esperable, aparte de contravenir la legislación internacional sobre la materia", ha afirmado la presidenta de la PDLI, Virginia Pérez Alonso.

Asimismo, Pérez Alonso ha destacado que 'Valtonyc' va a ser el primer cantante que entre en prisión en España acusado de enaltecimiento del terrorismo. "Lo que estamos viendo es inaudito e impropio de una democracia plural: la persecución de la canción protesta", ha criticado Virginia Pérez Alonso.

Según el jurista experto en Derecho Internacional y miembro de la PDLI Joan Barata, esta confirmación de prisión del Tribunal Supremo "presenta graves incompatibilidades con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión a los que España está sujeta".

"En términos generales, la privación de libertad o incluso el uso del derecho penal para perseguir meras expresiones o ideas (libros, canciones, etc.) constituye de por sí una medida desproporcionada y por consiguiente expresamente condenada por parte de los organismos relevantes de Naciones Unidas, el Consejo de Europa y el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos", ha subrayado Barata.

Asimismo, Joan Barata ha argumentado que el Tribunal de Derechos Humanos tiene una jurisprudencia "muy clara y sólida (reflejada, entre otros, en un caso contra España, precisamente, por supuestas calumnias al Rey), en virtud de la cual los ordenamientos no pueden otorgar una protección especial y cualificada a sus cargos e instituciones más importantes, sino más bien al contrario, permitir un mayor grado de crítica e incluso ataque por tratarse de instituciones públicas que deben encontrarse sujetas al cuestionamiento y escrutinio ciudadano en el marco de una democracia".

En este sentido, Barata destaca que el uso de tipos delictivos relacionados con el terrorismo "sólo es aceptable cuando la expresión correspondiente pueda ser efectivamente ligada a una voluntad y efecto de dar lugar o provocar acciones terroristas".

"Expresiones genéricas de deseos u otra forma de provocación en este terreno, por más ofensivas y reprobables que puedan ser consideradas por determinados sectores de la población no pueden ser perseguidas sin incurrir en el riesgo de crear un ambiente de intimidación en aquellos que quieren expresar opiniones extremas, provocadoras e incluso chocantes, las cuales deben ser plenamente protegidas en el seno de una sociedad plural y democrática", ha añadido.

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