Actualizado 04/08/2009 21:09

La CMT abre un procedimiento sancionador contra Telefónica por prácticas "anticompetitivas" en banda ancha

MADRID, 4 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) decidió en su reunión del pasado 29 de julio abrir un procedimiento sancionador contra Telefónica por no presentar previamente ante el organismo unas ofertas de servicios de acceso a Internet de banda ancha en Galicia.

En concreto, la comisión indicó que con fecha 21 de julio tuvo conocimiento de determinadas promociones que ha estado realizando la operadora en Galicia sobre paquetes de servicios que incluyen el servicio de ADSL y que no se hallan registradas en la base de datos de promociones, por lo que Telefónica podría estar llevando a cabo posibles "prácticas anticompetitivas".

Por esta razón la CMT obliga al operador a paralizar la comercialización de dichas promociones en Galicia. Asimismo, el regulador de telecomunicaciones constata que Telefónica podría haber incurrido en una infracción tipificada como "muy grave", según expone la denuncia presentada el pasado 29 de mayo por France Telecom España, en la que se acusa a la firma presidida por César Alierta de incurrir en "prácticas anticompetitivas" en sus servicios de banda ancha.

En concreto, France Telecom manifestó que una de las promociones que Telefónica estaba ofreciendo a través de 'Comunicaciones Morrazo', una de sus empresas comercializadoras, con descuentos del 50% en las primeras ocho mensualidades al contratar ADSL de 3 o 6 megas y un bono descuento adicional en la factura de entre 10 ó 20 euros, dependiendo del operador de origen, durante esas ocho mensualidades, no estaba en la base de datos notificadas por el ex monopolio.

En este sentido, la CMT, que constató que esta promoción no estaba en su base de datos, recordó que Telefónica --o cualquier operador de su grupo-- está obligada a comunicar a la CMT los precios y condiciones aplicables a los servicios minoristas de banda ancha, con un mínimo de quince días de antelación a su aplicación y comercialización efectiva.

Por estas razones, la CMT señala a Telefónica como presunto responsable directo de una infracción administrativa calificada de "muy grave" y consistente en el incumplimiento de uno de los apartados de la resolución del 22 de enero de 2009, por la que se aprueba la definición y análisis del mercado de acceso 4 y 5.

"Esta comisión esta estima que existen indicios suficientes de incumplimiento de la Resolución de 22 de enero de 2009, por cuanto que de las actuaciones realizadas se desprende que la compañía no ha comunicado en tiempo y forma a esta comisión la promoción denunciada", explicó la CMT en la resolución.

Ficod 2008