Las CC.AA. actualizarán las garantías de las agencias de viajes

Carteles de las agencias de viaje
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 25 abril 2016 11:14

El cambio normativo puede conllevar un incremento de los costes para las agencias

MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Mesa de Directores Generales de Turismo de las comunidades autónomas ha acordado una propuesta de texto armonizado para adecuar la normativa autonómica, donde se establece que el importe a garantizar sea un 5% del volumen de negocios derivado de los ingresos por venta de viajes combinados alcanzado por el organizador o minorista en el ejercicio anterior, según ha informado la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV).

El importe mínimo que se ha fijado ha sido de 100.000 euros y solo una comunidad autónoma no ha apoyado la propuesta, ha apuntado el comunicado.

Según explica la patronal en un comunicado, en 2014 se inició un proyecto piloto de la Comisión Europea en España para adecuar la normativa de las garantías de las agencias de viajes en caso de quiebra o insolvencia por incumplir con lo establecido en la Directiva de Viajes Combinados.

Ello conllevó a la modificación del artículo 163 del Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios y, también en los Reglamentos de Agencias de Viajes de dichas comunidades, donde CEAV trabajó junto a la Secretaría de Estado de Turismo durante más de dos años.

La nueva Directiva de Viajes Combinados, aprobada en noviembre de 2015 y que no se renovaba desde 1990, protege más que antes al viajero frente a incidentes como la quiebra de proveedores, además de reconocer como viaje combinado los paquetes 'online' y los viajes enlazados --donde el usuario es guiado de página en página en la compra--. A efectos legales, los viajes enlazados serán considerados viajes combinados.

Desde el momento de su aprobación, los Estados miembros tienen un periodo de dos años para trasladar las modificaciones a la legislación nacional, y seis meses adicionales para comenzar a aplicarlas.

Por el lado del consumidor, éste tiene las mismas garantías si compra a través de una agencia tradicional que si compra 'online' (cancelaciones y demás).

Entre las principales novedades, se podrá cancelar su viaje o recuperar su dinero si el precio total del viaje sube más de un 8% como consecuencia de la subida de carburantes, o si concurren circunstancias inevitables e impredecibles.

SEGUROS PARA EL USUARIO.

Por otra parte, se prevé la posibilidad de una garantía colectiva, pero que según señala CEAV "no es viable" al requerir de un fondo mediante ley. Además, se baraja que el organizador contrate un seguro por usuario de viaje combinado para garantizar el mismo.

Se ha incluido la garantía de responsabilidad civil, en la medida que el artículo 163 del texto refundido la incluye. Actualmente, cuatro Comunidades han dejado de exigirla y aunque la nueva Directiva de Viajes Combinados no contempla su exigencia, CEAV exigirá su modificación en este aspecto.

CEAV ha apuntado en el comunicado que el cambio normativo puede conllevar un incremento de los costes para las agencias de viajes.