Actualizado: lunes, 17 diciembre 2012 15:38

Estima acreditada la "imposibilidad" de que se reincorpore en sucesivos cursos a su puesto de trabajo conforme a la ley


ALMERÍA, 17 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado el auto del Juzgado de lo Social número 3 de Almería que limitaba la readmisión de la profesora de Religión Resurección Galera en su puesto de trabajo hasta el pasado 31 de agosto y condenaba al Ministerio de Educación a pagarle 42.372,98 euros de indemnización por los salarios que dejó de percibir desde el curso 2001-2002, en el que no fue renovada por el Obispado de Almería por contraer matrimonio civil con un hombre divorciado.

La sentencia de la Sala de lo Social, a la que ha tenido acceso Europa Press, rechaza los recursos de suplicación interpuestos tanto por Resurrección Galera como por el ministerio, que solicitó al Alto Tribunal andaluz que declarara que la reincorporación de Galera al puesto de trabajo que ocupaba en el CEIP 'Ferrer Guardia' de La Cañada, en la capital, era "imposible legal y materialmente" al haberse procedido al pago de los salarios y la indemnización y estar ocupada su plaza por otra persona.

La docente, por su parte, solicitaba que se le repusiera en su puesto de trabajo pero "sin limitación temporal". Ambos recurrentes coincidían, no obstante, en su desacuerdo con la cuantía de indemnización fijada por el juez de lo Social en el auto de ejecución de la sentencia que declaró nulo el despido de Galera después de que el Tribunal Constitucional dictaminara que el Obispado de Almería había vulnerado sus derechos fundamentales al no llamarla para el curso 2001-2002.

Más noticias