Aprobada por unanimidad la Ley del Ruido, que obliga a ayuntamientos a controlar emisiones

Actualizado: miércoles, 27 mayo 2009 17:36

El PSOE considera el texto "beneficioso" para los ciudadanos pese a que el Grupo Popular rechazó siete enmiendas


VALLADOLID, 27 May. (EUROPA PRESS) -

Las Cortes de Castilla y León aprobaron este miércoles por unanimidad la Ley del Ruido, que establece la obligatoriedad de todas las administraciones locales a controlar las emisiones y a elaborar mapas del ruido, siempre que sean municipios con una población mayor de 20.000 habitantes, materia para la cual contarán con el apoyo de la Consejería de Medio Ambiente y de la Federación Regional de Municipios y Provincias (FDRM) para contar con la infraestructura y el personal especializado necesarios.

El texto se aprobó por unanimidad aunque con el rechazo con los votos del Grupo Popular a siete enmiendas planteadas por los socialistas, aunque en la sesión de hoy también se aprobó otra de carácter técnica, además de las cinco que ya se tuvieron en cuenta en el debate en la Comisión de Medio Ambiente. A este respecto, tanto la procuradora del PSCyL Mónica Lafuente como el popular Julián Ramos destacaron el buen tono de las discusiones en el foro previo.

Como novedades, la normativa, que sustituye al Decreto sobre ruido vigente desde 2005, incluye una serie de medidas entre las que destacan la declaración del control del ruido como un servicio de prestación obligatoria para las administraciones autonómica, provincial y local --municipios a partir de 20.000 habitantes--, y su aplicación a todos los emisores acústicos, públicos o privados, así como las edificaciones, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, incluidas las actividades domésticas, que la normativa estatal excluye.

Otro aspecto destacable es la reducción de 100.000 a 20.000 habitantes del umbral para el desarrollo obligatorio de mapas de ruido y planes de acción como principal herramienta para el control del ruido ambiental. También se establecerán mapas de ruido de los grandes ejes viarios. Así, los ayuntamientos tendrán que adaptar, en la mayor parte de los casos, sus mapas de ruido ya que sólo falta por redactar el de Laguna de Duero (Valladolid).

Los mapas tendrán que estar aprobados antes de junio de 2013 y los planes de acción antes de julio de 2014, plazo que se amplió por un año en todos los casos, tanto administraciones como comercios y empresas, debido a que, como justificó el procurador popular, las Cortes "entienden las dificultades que atraviesan con motivo de la crisis".

"DESCENTRALIZACIÓN"

A este respecto, Ramos, que también es alcalde de Guijuelo (Salamanca), consideró que la Ley del Ruido servirá para "prevenir, reducir y vigilar" la contaminación acústica y "mejorar la calidad de vida". De hecho, insistió en que las administraciones locales contarán con los instrumentos necesarios, "gracias a la colaboración de la Consejería" ya que son los entes "más adecuados" para esta labor. Asimismo, insistió en que es un texto que aboga por la "descentralización" y que, pese a que habla de sanciones "no es restrictivo, sino regulador".

La procuradora socialista Mónica Lafuente vio cómo los populares rechazaban punto por punto las siete mociones que quedaron vivas para el debate. Se referían a aspectos como la regulación de las competencias de inspección y sanción, la ampliación hasta las 22.00 horas de los horarios de carga y descarga aunque con el establecimiento de límites acústicos, o la posibilidad de que los agentes de control puedan acudir a realizar mediciones sin el uniforme correspondiente.

Sin embargo, Lafuente mostró su satisfacción por la aprobación de esta Ley y su esperanza en que en un próximo desarrollo se puedan tener en cuenta sus planteamientos. "Podemos aprobar una Ley que beneficia a los ciudadanos y creo que el acuerdo mostrado por los grupos políticos redundará en esta mejora", aseveró.

El proyecto de ley, décimo que presenta en la Legislatura la Consejería de Medio Ambiente, está estructurado en 6 títulos con 60 artículos, una serie de disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y disposiciones finales, y 9 anexos.

El Título 1 define el objeto, ámbito de aplicación y disposiciones generales de la Ley, el Título 2 delimita los tipos de áreas acústicas clasificándolas en interiores y exteriores, el Título 3 se refiere a la prevención y corrección de la contaminación acústica, y -finalmente- el Título 4 regula la actividad inspectora así como el régimen sancionador que establecerá como infracciones muy graves, con multas de entre 12.000 y 300.000 euros, las que superen los 10 decibelios; graves, con multas de entre 601 y 12.000 euros, las que superen los cuatro decibelios y leves, con multas de hasta 600 euros, los ruidos de alarma que carezcan de autorización.

Otro aspecto significativo que contempla es la creación de las 'entidades de evaluación acústica' como entes de titularidad pública o privada que dispondrán de las acreditaciones y los medios adecuados para realizar controles de ruido. El texto fija, además, los criterios para la autorización del funcionamiento de emisores de ruido, regulando los requisitos que deben presentar las empresas para su autorización y estableciendo la obligatoriedad de presentar un informe para la renovación de la licencia cada 8 años.