Economía/Finanzas.-El Banco de España refuerza las exigencias de los instrumentos para las 'fusiones frías' de entidades

Actualizado: viernes, 26 marzo 2010 14:02

MADRID, 26 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Banco de España ha reforzado las exigencias de los Sistemas Institucionales de Protección (SIP), instrumentos en torno a los que las entidades financieras pueden articular las conocidas como 'fusiones frías' o 'virtuales', informó hoy el instituto emisor.

En su último Informe de Estabilidad Financiera, el organismo que preside Miguel Ángel Fernández Ordóñez informa de que ha establecido para estos instrumentos unas condiciones adicionales a las que figuraban anteriormente para que puedan ser considerados SIP 'reforzados' y grupos a efectos regulatorios.

Estas mayores exigencias se refieren solamente a los SIP 'reforzados' o grupos de entidades cuyos acuerdos de solidaridad definen compromisos contractuales sólidos y legalmente vinculantes, y no afectan a los grupos de entidades que no establecen compromisos de asistencia legalmente vinculantes, ya que existen muchas variedades de SIP.

Entre la batería de nuevos requisitos para los SIP 'reforzados', el instituto emisor español establece en primer lugar que el compromiso de solidaridad en la solvencia entre estas entidades comprometa al menos el 40% de los recursos propios computables de cada entidad participante.

En estos SIP deberá existir una instancia central que vele por la solvencia y liquidez de las entidades y en la que radique la dirección única del grupo. Deberá acreditarse la existencia de dicha dirección, centralizada, profesional y no asamblearia, y encargada de cumplir con los requerimientos regulatorios de información.

PERMANENCIA MÍNIMA DE 10 AÑOS.

El sistema tendrá que contar con mecanismos adecuados para la calificación de los riesgos, y en el acuerdo entre las entidades se fijará un mínimo de permanencia de diez años, con "penalizaciones claramente desincentivadoras" de las bajas.

Las entidades financieras tendrán además que mutualizar, al menos, un 40% de sus resultados, participando así en el beneficio común de la actividad, y el plan de integración tendrá que contemplar un calendario preciso y detallado de implantación.

El Banco de España recalca que se han reforzado las exigencias para que la figura jurídica resultante de estos SIP pueda ser considerada como un grupo a efectos regulatorios, pero que no afecta a los integrantes de los SIP en sentido estricto cuya supervisión se realiza a escala individual.