'Cazasubastas' a la española, conoce las subastas de la Agencia Tributaria

Cazasubastas
EUROPA PRESS
 
Actualizado: lunes, 28 marzo 2016 13:38

   MADRID, 28 Mar. (EDIZIONES) -

   Seguro que alguna vez, al encender tu televisor, te has encontrado con ese programa americano de subastas en el que los concursantes pujan a ciegas por contenedores llenos de mercancía con la esperanza de que lo que haya en su interior posea un gran valor.

   No es exactamente lo mismo, pero si estás interesado en este tipo de programas, deberías conocer el sistema de subastas de la Agencia Tributaria (AEAT), que organiza pujas con los bienes embargados y enajenados de sus deudores.

   Los artículos de los lotes son de lo más variado. Van desde ropa, relojes, joyas o bisutería, hasta viviendas, locales comerciales y participaciones de empresas, pasando por instrumentos de música, vehículos, embarcaciones, material industrial o, incluso, pelo artificial.

   Tanto el departamento de recaudación de la Agencia Tributaria como el de Aduanas realizan subastas. Mientras que el primero se encarga de poner a la venta bienes embargados a sus deudores, el segundo busca dar salida a bienes abandonados, intervenidos o decomisados, incluso a "narcotraficantes", según explica Luis González desde la AEAT.

   Los bienes del departamento de recaudación son en su mayoría inmuebles, como esta nave industrial de Valdemoro que tiene un precio de salida de 3,5 millones de euros o este piso de la calle Ferraz (Madrid) cuya subasta comenzará en un millón de euros.

   También es frecuente encontrar vehículos (atención a este Bentley Continental GT que se subasta en Málaga en próximo 14 de abril y cuya puja mínima es de 25.800 euros), embarcaciones o incluso joyas. En este enlace podrás comprobar el calendario de subastas de la AEAT.

   Sin embargo, es en las subastas de las Dependencias Regionales de Aduanas donde se encuentran los bienes más variopintos, que van desde pelo artificial, camisas o bisutería hasta instrumentos musicales y válvulas industriales.

   Eso sí, son menos comunes. El pasado 18 de marzo se celebró una en Madrid tras cuatro años sin subastas en la capital, pero, se pretende invertir esta tendencia y realizarlas con "mayor periodicidad", según el jefe de la dependencia regional adjunto de Aduanas e Impuestos Especiales de la Comunidad de Madrid, Juan Antonio Lozano.

¿CÓMO PARTICIPAR EN UNA SUBASTA?

   Toda persona interesada en participar debe aportar un depósito, en forma de cheque a favor del Tesoro Público, por importe económico como mínimo del 20% del tipo de la subasta. Para ello, uno debe presentarse en el lugar de su celebración en la hora y en la fecha determinadas y entregar el depósito al inicio del acto, indicando el lote por el que se desea pujar.

   También existe la opción de participar de forma online, pero se requiere que el interesado cuente con un certificado de usuario expedido por la AEAT en alguna de sus oficinas. Una vez constituido el depósito a través de internet, se puede optar por la opción denominada "puja automática" en la que el sistema pujará automáticamente por ti habiendo designado previamente el máximo que estás dispuesto a pagar por el lote.

PROCESO DE EMBARGO DE BIENES DE LA AEAT

   Pero, ¿cómo llegan estos objetos a ser subastados? Toda deuda con la Agencia Tributaria tiene un periodo de pago voluntario pero, una vez finalizado este plazo, comienza el periodo ejecutivo, que implica que al montante de la deuda habrá que sumarle recargos e intereses de demora y en el que la AEAT se pone en contacto mediante carta con su deudor para recordarle su deuda y exigir el pago de ésta en un plazo determinado --procedimiento de apremio--.

   Si el contribuyente no paga la deuda o no solicita su aplazamiento, fraccionamiento o compensación en el periodo determinado, se procederá al embargo de bienes y derechos del contribuyente en el siguiente orden:

1. Dinero en efectivo o en cuentas bancarias.

   2. Créditos, efectos, valores y derechos realizables a corto plazo --no más de tres meses--.

   3. Sueldos, salarios y pensiones.

   4. Bienes inmuebles

   5. Establecimientos mercantiles o industriales.

   6. Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades.

   7. Frutos y rentas de toda especie.

   8. Bienes muebles y semovientes.

   9. Créditos, derechos y valores realizables a largo plazo.

   Una vez son embargados, los bienes pueden ser depositados en locales de la Administración pública, en locales de personas físicas o jurídicas no administrativas o incluso en los locales del deudor. En todo caso, el depositario debe ser nombrado como tal y queda obligado a guardar y conservar los bienes para devolverlos cuando se requiera.

   Si finalmente no se cubre la deuda, los bienes serán enajenados y se procederá a su venta, ya sea a través de subasta pública, concurso o adjudicación directa.

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