La 'cláusula suelo' cuesta a los hipotecados la paga extra de verano

Actualizado: miércoles, 1 agosto 2012 21:21
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MADRID, 1 Ago. (HelpMyCash.com) -

   La polémica cláusula suelo hipotecaria sigue más vigente que nunca. El principal motivo es que, a pesar de todas las manifestaciones, denuncias y demandas individuales y colectivas (muchas de ellas ganadas), el "suelo" sigue siendo legal en España, por lo que muchas hipotecas de nueva constitución siguen contando con este interés mínimo entre sus condiciones.

   Pero además, el bajísimo Euribor actual hace que los hipotecados con esta cláusula en su contrato noten mucho más su presencia, ya que están viendo cómo el índice no para de bajar mientras su cuota sigue estancada en un 3%, 4% o incluso 5% de interés fijo.

   Según el portal de finanzas personales HelpMyCash.com, estas cláusulas están haciendo perder a los afectados entre 400 y 2.800 euros anuales, lo que puede muy bien equivaler a la paga extra de vacaciones.

   Cogiendo como ejemplo una hipoteca media de 150.000 euros a 25 años con un tipo de interés de Euribor + 1%, según el último valor medio del Euribor a 12 meses (1,061%) la cuota sin suelo sería este mes de 640 euros.

   Pero si a esta misma hipoteca le aplicamos un interés mínimo o "suelo" del 2,50%, la cuota a pagar sería de 673 euros (33 euros más al mes y 395 más al año); con un 3%, la cuota pasa a ser de 711 euros (71 euros más al mes y 856 más al año); con un 4%, la cuota pasa a ser de 792 euros (152 más al mes y 1.821 más al año); y con un suelo del 5% (nada inusual en nuestro país), la cuota a pagar en agosto aumenta en 237 euros al mes y 2.843 al año. [Calcular ¿Cuánto has pagado de más a causa de la cláusula suelo?]

   En la actualidad, esta práctica está considerada como lícita por el Banco de España ya que existen tres puntos que, según la entidad, protegen al hipotecado: uno, en los contratos también existe un "techo" que evita que el interés a pagar se dispare; dos, este interés mínimo estaba en el contrato a la vista del cliente antes de la firma; y tres, existe el libre mercado y el cliente siempre es libre de solicitar el préstamo a otra entidad.

   En contrapartida, cabe apuntar que son precisamente los dos primeros puntos, aunque expresados con otras palabras, los que han hecho ganar decenas de juicios: uno, existe un desfase entre el "techo" y el "suelo", es decir, el interés mínimo protege al banco pero el máximo no protege al hipotecado; y dos, a pesar de que el interés mínimo siempre estuvo en el contrato quizá no lo estaba en la oferta vinculante y nadie informó al cliente, antes de la firma, sobre el funcionamiento de esta cláusula que le impediría beneficiarse de cualquier bajada futura del Euribor.