La jueza de la Pokémon indaga si un banco colaboró con Vendex para vaciar dos cuentas

Actualizado: lunes, 4 julio 2016 15:11

   Pide datos a Caixabank para determinar si incurrió en falsedad documental, alzamiento de bienes y cooperación con el blanqueo

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

   La jueza instructora de la Operación Pokémon, Pilar de Lara, ha ordenado a Caixabank que aporte una serie de datos para determinar si colaboró con la cúpula del grupo empresarial Vendex, que se sitúa en el epicentro de esta investigación sobre corrupción, para sacar dinero de sus cuentas bancarias, pese a que estaban judicialmente bloqueadas.

   En un auto con fecha del 1 de julio pasado, al que ha tenido acceso Europa Press, Pilar de Lara se basa en un informe de Vigilancia Aduanera sobre un presunto delito de desobediencia ante un mandato judicial en relación a transferencias de dinero desde cuentas a nombre de dos empresas del grupo Vendex: PAU y Sermasa, por importe de 3,2 millones de euros.

   En concreto, el 21 de septiembre de 2012 se realizaron dos transferencias desde ambas empresas a Gestión General de Electricidad sociedad administrada por el yerno de Gervasio Rolando Rodríguez Acosta, máximo responsable de Vendex que fue detenido en el marco de esta investigación judicial.

   No obstante, un auto de fecha del 18 de septiembre de 2012 había ordenado el bloqueo de las cuentas y otros activos financieros en que apareciese Rodríguez Acosta como titular o autorizado, caso tanto de PAU como de Sermasa. Esta orden fue comunicada por Vigilancia Aduanera a las autoridades bancarias --AEB, CECA y Unión Nacional de Cooperativas-- el 20 de septiembre de 2012, cuando se iban a practicar las detenciones de los principales implicados en la Pokémon, incluido Rodríguez Acosta.

VACIAMIENTO DE LAS CUENTAS

   Pese a la que la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) confirmó que la orden de bloqueo de las cuentas fue emitida a las 9.20 horas, según la jueza, Caixabank "no bloquea las cuentas bancarias hasta el 21 de septiembre de 2012, y algunas de ellas, no cumple la orden judicial sino hasta el 4 de octubre de 2012", lo que propició "el vaciamiento de dos de las cuentas bancarias que se hallaban bloqueadas", reprueba Pilar de Lara.

   La jueza llama también la atención sobre que la transferencia desde la cuenta de Sermasa figura como ordenada el 18 de septiembre, y que consta que fue pedida como "urgente". No obstante, esta operación no se formaliza hasta el 21 de septiembre, "cuando ya estaba la orden judicial de bloqueo, situación que constaba a la entidad bancaria, dejando un saldo de 1.594,92 euros". Una dinámica similar se siguió sobre la cuenta de PAU, que también fue ordenada vía telefónica y en modalidad urgente.

   Según el servicio jurídico de Caixabank, ambas solicitudes de transferencia fueron firmadas por el NIF que corresponde a Rodríguez Acosta, pero la jueza apunta que ello "no significa, ni mucho menos, que la operación haya sido firmada verdaderamente" por él.

   Además, sobre la discordancia de las fechas entre la orden de transferencia y el justificante de la operación, Pilar de Lara apunta que "podría indicar que realmente la orden de transferencia no se libró el 18 de septiembre de 2012, sino posiblemente, en el momento en el que la cuenta bancaria ya estaba bloqueada".

   En cualquier caso, la instructora advierte de que, "aun en el caso de que se hubiera librado anteriormente, continuaría existiendo responsabilidad del banco". Ambas transferencia se realizan el 21 de septiembre de 2012 "casi de forma simultánea, en un intervalo de dos minutos, y desde la misma oficina" de Caixabank (en aquel entonces La Caixa) en Madrid.

   Para Pilar de Lara, "los hechos podrían ser constitutivos de un delito de desobediencia, falsedad documental, alzamiento de bienes y cooperación con el delito de blanqueo de capitales". Por ello, reclama a Caixabank que identifique a los empleados que firmaron las solicitudes de transferencia urgente y a la persona que era la encargada de bloquear las cuentas por mandato judicial y ordena trasladar el informe de Vigilancia Aduanera a la Sepblac, de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias en España.