Actualizado: martes, 7 noviembre 2017 18:54

HUELVA, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a H.F., uno de los dos condenados el pasado mes de diciembre a 15 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Huelva, por el homicidio de B.D., una mujer de nacionalidad polaca, ocurrido en marzo de 2015 en una finca de Isla Cristina, mientras que ha condenado al otro, J.N.N., a esos mismos años de prisión.

Según reza en la sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo ha estimado el recurso interpuesto por el primero contra el fallo de la Audiencia al considerar que "no concurren los presupuestos para fundamentar su condena por comisión de omisión del delito de homicidio".

Todo ello frente a lo dictado en la anterior sentencia en la que el juez señalaba que "su actitud presenciando los hechos sin hacer nada por impedirlos ni aminorar sus consecuencias, sin tampoco intentar avisar a las asistencias para que atendieran a la víctima, tras la agresión, constituye una conducta que lo hace responsable de la acción, coautor de la misma, en la modalidad de comisión por omisión".

Por otra parte, el Supremo no ha admitido el recurso contra el fallo que presentó J.N.N., el otro condenado, confirmando para él la condena a 15 años de cárcel, así como el pago de una indemnización de 50.000 euros a la hermana de la víctima.

Los hechos se remontan al 28 de marzo de 2015, cuando, sobre las 19,30 horas, la víctima se personó en la caseta de un picadero de caballos ubicado en Isla Cristina, donde residían ambos, con intención de pasar allí la tarde como hacía todos los sábados desde que en febrero de ese mismo año comenzase una relación con J.N.N.

Así, esa tarde noche, en la que los tres ingirieron bebidas alcohólicas, este último y la víctima mantuvieron relaciones sexuales en el baño de la citada caseta, pero sobre 00,30 horas B.D abandonó la vivienda para dirigirse a su lugar de residencia, a unos 20 minutos caminando.

No obstante, según reza en la sentencia y el juez considera hechos probados, sobre esa hora y las 1,30, la víctima mantuvo relaciones sexuales con el otro condenado, y a esa misma hora J.N.N., a unos 300 metros de la vivienda de esta mujer, "golpeó a B.D. con intención de matarla", sirviéndose para ello de una barra metálica, en la que se hallaron restos de su ADN.

Los golpes que le propinó causaron a esta mujer una serie de lesiones que produjeron su muerte por hemorragia cerebral y su cadáver fue hallado con una de las perneras del pantalón quitada. Cabe recordar que la Audiencia los absolvió del delito de agresión sexual, por el que el Ministerio Fiscal solicitaba otros 15 años de prisión para cada uno.

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