La concejala de Urbanismo, Carmen Casero, informa en rueda de prensa tras la junta de gobierno local - AYUNTAMIENTO
MÁLAGA 4 Abr. (EUROPA PRESS) -
La junta de gobierno local de Málaga ha aprobado este viernes de forma inicial la modificación del Plan Parcial del SUP.CH-3 'El Cuartón' en el distrito Churriana, promovido por la Junta de Compensación del sector que contempla la construcción de 630 nuevas viviendas --algunas de ellas ya entregadas--.
La modificación puntual está motivada por la aparición, durante los trabajos de las obras de urbanización, de restos arqueológicos dentro de su ámbito incluidos en el Catálogo de Protección Arqueológica del PGOU 2011, concretamente los Yacimientos número 49 'Casco Urbano de Churriana' y el número 90 'Acueducto de la Fuente del Rey'.
Ambos están en zona arqueológica Tipo 3; a lo que se suma la inscripción en el Catálogo de Bienes Inmuebles del Patrimonio Histórico como BIC con la tipología de Sitio Histórico, al Acueducto de la Fuente del Rey.
Así, el objeto de esta modificación del Plan Parcial aprobado en 2007 y de la innovación aprobada en 2010, es el reordenar los terrenos del ámbito con objeto de que las parcelas afectadas por elementos y restos con protección arqueológica, se localicen dentro de las zonas verdes públicas del sector cuya superficie aumenta de 25.752 a 28.081 metros cuadrados, sin alterar en ningún caso los restantes parámetros urbanísticos.
Las innovaciones son la parcela P9 pasa a ser el Sistema Local de Áreas Libre (ZV 3) y viceversa, la parcela ZV 3 se califica como parcela de uso residencial P 9, desplazando así mismo el Sistema Técnico 3.
De la parcela P-5, la superficie que se corresponde con la finca resultante del Plan vigente P- 5.2 y el Comercial asociado se califica como Sistema Local de Áreas Libres (ZV 2.1) quedando la finca resulta P-5.1 del PR vigente, como P-5.1 sin alterar sus determinaciones ni la pastilla de Comercial asociada.
Por otro lado, la parcela ZV 2 queda calificada parte como Sistema Local de Áreas Libres (ZV 2.2) y parte como parcela lucrativa P 5.2, con la pastilla Comercial asociada. Asimismo, las parcelas lucrativas P 11, P 13 y P 15 se destinan a las Zonas Verdes Públicas que se proyectan ZV 5, ZV 6 y ZV 7.
La edificabilidad y número de viviendas de las parcelas de titularidad municipal P 13 y P 15, se trasladan a la parcela resultante del Proyecto de Reparcelación vigente P 1.2, en tipología de CTP 2, y la edificabilidad y número de viviendas de la parcela P 11 y la resultante del Proyecto de Reparcelación P 1.2, ambas de titularidad de Iberdrola, se ordenan en la nueva parcela P 13 aneja a la ZV 1, que consecuentemente se ajusta en superficie.
Se ajusta la sección del vial 7 a 8,00 metros de ancho y la superficie de red viaria excedente se destina a la nueva ZV 7, han precisado.
Tras la aprobación por parte de la junta de gobierno local, el documento se someterá al preceptivo trámite de información pública durante 20 días. Igualmente, se significa al promotor que deberá solicitar informe preceptivo y vinculante a la dirección general de Aviación Civil y a la delegación territorial de Cultura de la Junta.
Asimismo, y en la línea de lo determinado por la List) y su Reglamento, se ha aprobado un Catálogo de Pinturas Murales. De forma general, se mantiene la redacción que regula la intervención de recuperación y puesta en valor de las 'Arquitecturas Pintadas de Málaga' sobre en el listado de fachadas del término municipal de Málaga que aparecen en el Plano de Protecciones del PAM-Pepri, Centro E.1:2000, (a excepción de los considerados E fuera de catálogo), debido a su valor histórico, artístico, urbanístico y de rescate de la propia imagen de la ciudad.
En el Catálogo de Pinturas Murales se incluyen, por un lado, aquellos inmuebles en los que se ha confirmado la existencia de pinturas murales y repertorio ornamental de fachada, y por otro, aquellos que son susceptibles de contenerlas a partir del análisis de la tipología de edificación o algún otro vestigio, teniendo en cuenta que gran parte de los restos polícromos están ocultos bajo numerosas capas de revocos de cal posteriores a la ejecución original.
De igual forma, se relacionan los edificios de la época barroca, cuyas fachadas aún se mantienen, con la intención de estudiar, proteger y recuperarlas, de modo que aporten a la ciudad mayor conocimiento de su historia y su patrimonio.
Sobre los inmuebles incluidos en el Catálogo de Pinturas Murales, al igual que recogía el PGOU, se realizará un estudio de catas de modo previo a la obtención de las licencias, que incluirá una propuesta de conservación suscrita por el técnico restaurador, quedando la licencia sujeta a la valoración que la Gerencia de Urbanismo realice del informe del estudio de catas que deberá contener una descripción amplia, una valoración patrimonial, estado de conservación y propuesta de intervención.
De igual modo, la redacción del artículo del PGOU también incluye el tipo de intervención en fachada que será definido por la Gerencia de Urbanismo. Éstas podrán ser conservación visible de restauración y puesta en valor o de extracción y reposición insitu; y de conservación cubierta.
Tras la aprobación por parte de la junta de gobierno local, esta modificación del PGOU tendrá que ser validada de forma inicial por la Comisión de Urbanismo y por el Pleno.
En materia de Urbanismo también se ha aprobado la admisión a trámite para la elaboración de un Plan Especial en la parcela de suelo urbano 'Fábrica Cervezas San Miguel', promovido por la entidad Mahou S.A. El ámbito de este Plan Especial lo constituye una parcela de suelo urbano consolidado de 57.207,46 metros cuadrados de superficie y sobre la que se sitúa actualmente la fábrica de Cervezas San Miguel.
El Plan Especial viene obligado por la ordenanza aplicable al inmueble (Productico-3a) cuyo objeto es el de reordenar la parcela estableciendo los parámetros urbanísticos de aplicación con objeto de permitir realización de edificaciones o instalaciones de nueva planta, mantener la actividad actual de la fábrica y facilitar su modernización.
Además, posibilitará realizar una ordenación que tenga en consideración los aspectos relativos a los espacios de reserva de aparcamientos y carga y descarga, según lo que establece el PGOU.
Por último, el Plan permitirá definir de forma pormenorizada las alturas máximas permitidas considerando las servidumbres aeronáuticas que afectan a la parcela.