MÁLAGA 24 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a un cubano de 28 años que había sido acusado por agredir sexualmente a una mujer a la que había conocido tres semanas antes. La Sección Primera estima que no ha quedado suficientemente acreditada la utilización de violencia física para conseguir la relación sexual.
En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se declara probado que un día de septiembre de 2002, el hombre recogió en su casa a la mujer y se fueron en ciclomotor a una zona descampada de una urbanización de la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre, donde mantuvieron relaciones sexuales.
Tras esto, ambos se marcharon a un parque de Málaga y, finalmente, el procesado llevó a su casa a la mujer, sin que quede probado suficientemente que tras mantener esa primera relación consentida le sujetase los brazos y la forzara a realizar un segundo acto sexual contra su voluntad.
La Sala explica que "no existe prueba bastante" que acredite que "tales actos de violencia se produjeran en realidad", como se desprende de los informes médicos en los que no se aprecia ninguna lesión. Además, la declaración del acusado, negando los hechos, fue "contundente y firme".
El Tribunal apunta, asimismo, que "a la falta de constatación de oposición física por parte de la víctima, se une la no petición de auxilio una vez terminada la supuesta agresión", puesto que la víctima declaró que "se marchó con el acusado y estuvo con el mismo en una plaza de Málaga, hasta que la llevó a su domicilio".
La sentencia añade que "tampoco denunció los hechos una vez que acude al centro de salud", por lo que la Sala asegura tener "serias dudas y no puede determinar con claridad el segundo acto sexual y en caso afirmativo si fue o no forzada, si los actos fueron realizados en contra de su voluntad o no y si exteriorizó su oposición o si no supo reaccionar".