Absuelven al exalcalde de Almuñécar de obstaculizar la labor del Defensor del Pueblo Andaluz

Actualizado: lunes, 29 abril 2013 16:08

Se enfrentaba a una petición fiscal de nueve meses de prisión y dos años de inhabilitación


MOTRIL (GRANADA), 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal 1 de Motril (Granada) ha absuelto al exalcalde de Almuñécar (Granada), Juan Carlos Benavides (CA), del delito contra las Instituciones del Estado por el que fue juzgado el pasado 8 de abril, al "no quedar acreditado" que obstaculizara la función del Defensor del Pueblo Andaluz cuando solicitó información al consistorio.

Concretamente, en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se indica que en la vista oral no se pudo alcanzar la "convicción" de que Benavides interviniese en los hechos que se le imputaban, de lo que sólo existe una "mera sospecha" que no puede "enervar" su presunción de inocencia.

Así, el juez sostiene que "no existe ni una sola prueba" que acredite que el acusado ordenase personalmente cuando era alcalde de Almuñécar que se "dificultara, impidiera o obstaculizara" el cumplimiento de lo interesado por el Defensor", aunque sí ha quedado acreditado, por la declaración de los testigos, el "colapso" en el departamento de Asesoría Jurídica que tenía que responder a las cuestiones reclamadas.

La sentencia considera probado que el Defensor del Pueblo Andaluz dirigió a la Alcaldía de Almuñécar diversos escritos para solicitar un informe sobre diversos expedientes de queja relativos a infracciones urbanísticas. Cada uno de ellos incluía la "advertencia" de que la falta de respuesta podría ser considerada como "entorpecedora" a la labor de esta institución.

En 2008 y 2009, el Defensor del Pueblo Andaluz remitió un burofax a la Alcaldía con expreso apercibimiento de las consecuencias legales de no remitir los informes interesados y, tras la falta de respuesta, en junio de 2009 puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía, dictándose una resolución en la que se hacía constar la "falta de colaboración" del regidor y declarándose su actitud como "entorpecedora".

Después de esto, y una vez que los hechos tuvieron eco en los medios de comunicación, el Ayuntamiento de Almuñécar remitió al Defensor la documentación requerida y posteriormente se fijó un procedimiento específico para atender y evitar retrasos en los requerimientos dirigidos al Consistorio.

Durante la vista oral, Benavides, que se enfrentaba a una petición fiscal de nueve meses de prisión y dos años de inhabilitación para cargo público, negó haber obstaculizado la labor del Defensor y atribuyó el retraso en sus contestaciones a la "carga" de trabajo que debía soportar el funcionario encargado del área jurídica que tenía que responder a las cuestiones reclamadas.

En este sentido, la sentencia alude a una "pésima gestión" del Ayuntamiento de Almuñécar en esta materia. De hecho, se califica como "absolutamente negligente" que se dejara a una sola persona al frente de la Asesoría Jurídica a tenor del "boom y desarrollo urbanístico que tuvo lugar" en este pueblo durante muchos años, por lo que se considera que era "claramente previsible" el "colapso" en este departamento.