Archivo - Espigas de trigo en Zakarpattia, Ucrania. - SERHII HUDAK / ZUMA PRESS / CONTACTOPHOTO
SEVILLA 15 Jul. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha publicado este martes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) --consultado por Europa Press-- las medidas fitosanitarias obligatorias que deben llevar a cabo los agricultores andaluces para controlar la presencia del mosquito del trigo Mayetiola destructor.
Tras la detección de esta plaga en fincas de cuatro provincias andaluzas (Cádiz, Córdoba, Jaén y Sevilla), como explican fuentes de la Junta a esta agencia, se ha establecido las actuaciones a llevar a cabo por los productores hasta el día 1 de marzo de 2026.
Entre las medidas obligatorias se encuentran la incorporación de los rastrojos del cultivo de trigo mediante técnicas de laboreo para que, justo después de la cosecha, estos restos vegetales queden enterrados en el suelo a un mínimo de diez centímetros de profundidad.
Sin embargo, las explotaciones acogidas a técnicas de mínimo laboreo o siembre directa y aquellas fincas que han cultivado trigo blando de las variedades Flish, RGT Pistolo, LG Magallanes y RGT Arrebato, quedan exentas de la obligación de laboreo.
Por otro lado, la Consejería establece también medidas de control relativas a la rotación de cultivos. En este caso, se prohíbe cultivar trigo blando, excepto las variedades anteriormente señaladas, y trigo duro en parcelas agrícolas que anteriormente han acogido algún tipo de cereal.
Por último, la resolución publicada en el BOJA hace alusión también a la obligatoriedad de eliminar entre septiembre de 2025 y marzo de 2026 los rebrotes de plantas de cereal que aparezcan en aquellas parcelas que en 2024-2025 han acogido trigo (excepto las variedades blandas ya mencionadas) y que se destinan a otro cultivo de primavera en la próxima campaña.
Los técnicos de las delegaciones de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y de la Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF) han tomado muestras sobre el terreno para delimitar las zonas afectadas por el mosquito del trigo Mayetiola destructor y valorar su presencia actual en la región.
Estas prospecciones han permitido contar con datos objetivos para la declaración oficial de la existencia de la plaga, que se considerará circunstancia excepcional en la aplicación del sistema de control de la condicionalidad reforzada que deben cumplir los beneficiarios de determinadas ayudas de la Política Agraria Común (PAC).
De esta forma, a los agricultores no se les aplicará ninguna penalización y podrán mantener el nivel de subvenciones que les corresponde a pesar de no llevar a cabo el laboreo con volteo de suelo entre la recolección de la cosecha y el día 1 de septiembre de 2025. Esta técnica es un criterio obligatorio para poder recibir los fondos si no se decreta ninguna circunstancia excepcional.
INSECTO, EFECTOS Y MEDIDAS
El mosquito del trigo Mayetiola destructor es un díptero gris oscuro de entre tres y cuatro milímetros de tamaño cuyas larvas, de pequeño tamaño y color blanco, se alojan en la base de las hojas y pueden provocar un importante daño a las plantas.
Los primeros síntomas de su presencia son el debilitamiento del cultivo, llegando incluso a retrasar el crecimiento de la planta y la disminución del peso de la espiga.
Por tanto, su presencia incide en la rentabilidad de las explotaciones al conllevar una reducción de la producción. En estamos más avanzados de la plaga, los tallos pueden llegar a debilitarse hasta el punto de secarse.
Actualmente no existen productos fitosanitarios efectivos para el control de la presencia del mosquito del trigo Mayetiola destructor. Por esta razón, es fundamental adoptar las medidas que tradicionalmente se vienen poniendo en práctica en el campo para reducir su incidencia en los cultivos en la siguiente campaña.