Competencia incoa expediente sancionador contra Martínez Echevarría Abogados al pagar comisiones por captar clientes

Publicado: viernes, 22 diciembre 2017 11:12

SEVILLA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA), a través del departamento de Investigación, ha acordado la incoación de un nuevo expediente sancionador contra Martínez Echevarría Abogados SLP, por posibles prácticas restrictivas de la competencia, al efectuar el pago de comisiones por captación de clientela que podría haberle reportado a "una ventaja competitiva significativa respecto del resto de competidores".

Según indica la Agencia en una nota, las presuntas prácticas anticompetitivas consistirían en la realización por parte del mencionado despacho de abogados --directa o indirectamente a través empresas vinculadas-- de comisiones por captación de clientela "que podría haber reportado a la denunciada una ventaja competitiva significativa, respecto del resto de competidores --esto es, despachos de abogados implantados en la Costa del Sol-- que no realizan los mencionados pagos, con repercusión directa sobre los ciudadanos y por tanto con afectación al interés general".

Con carácter previo al acuerdo de incoación del expediente, el departamento de Investigación inició de oficio una información reservada a principios de año a fin de verificar la existencia de indicios racionales de infracción.

En el marco de la información reservada efectuada, el departamento de Investigación de la ADCA ha tenido conocimiento de información "de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la realización, por parte de Martínez Echevarría Abogados, de conductas que presuntamente serían contrarias al artículo 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, que prohíbe 'los actos de competencia desleal que por falsear la libre competencia afecten al interés público'".

El procedimiento sancionador incoado a dicha entidad se rige por lo establecido en la Ley de Defensa de la Competencia, que se fija en 18 meses la duración máxima del mismo para su instrucción y para su resolución.

El departamento de Investigación, en la actual fase de instrucción, podrá llevar a la práctica "cuantas acciones considere oportunas para el esclarecimiento de los hechos y la eventual determinación de responsabilidades".

Terminada la fase de instrucción, el procedimiento finaliza con la resolución del Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía, que "en caso de considerar acreditada la existencia de prácticas prohibidas determinaría la sanción del presunto infractor, mientras que en caso contrario, se archivarían las actuaciones".

En cualquier caso, la Agencia ha recordado que la apertura de un procedimiento sancionador "no prejuzga el resultado final de la investigación, ni los términos de la resolución que ponga fin al mismo".