Diputada de Adelante argumenta contra la "eventual" expulsión de parlamentarios basándose en el pacto antitransfuguismo

La diputada de Adelante Andalucía Maribel Mora, en una foto de archivo.
La diputada de Adelante Andalucía Maribel Mora, en una foto de archivo. - ADELANTE ANDALUCÍA - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: martes, 17 noviembre 2020 11:17

SEVILLA 17 Nov. (EUROPA PRESS) -

La diputada de Adelante Andalucía Maribel Mora ha registrado un escrito dirigido a la Mesa del Parlamento, de la que ella forma parte como representante de su grupo parlamentario, en el que avisa de que la "eventual expulsión" de ocho diputados de Adelante --incluida la presidenta del grupo, Teresa Rodríguez-- "por la aprobación de varios partidos políticos de una adenda en el Pacto Antitransfuguismo sería contrario a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y, por tanto, atentaría contra sus derechos como diputados".

Así lo traslada la parlamentaria de Adelante en el referido escrito, consultado por Europa Press, registrado este pasado lunes para "poner en conocimiento" de la Mesa esta advertencia, "al único objeto de que no se pueda manifestar con posterioridad el desconocimiento", por parte de dicho órgano del Parlamento andaluz y de sus miembros "en esta instancia y en cualesquiera otras, respecto a la futura decisión que se adopte", de una serie de consideraciones.

Este escrito se conoce en la víspera de que la Mesa del Parlamento aborde este miércoles la solicitud de expulsión de ocho diputados del grupo de Adelante que formuló a finales de octubre la portavoz del mismo en la Cámara andaluza, Inmaculada Nieto, alegando un supuesto episodio de transfuguismo por parte de esos parlamentarios al haberse dado de baja de Podemos, formación a la que representaban cuando se presentaron a las elecciones andaluzas de diciembre de 2018.

En concreto, Maribel Mora sostiene que el 'Acuerdo sobre un Código de Conducta Política en relación con el transfuguismo en las instituciones democráticas' es "un pacto sin carácter normativo", además de que "no es un texto que esté aún cerrado y, de hecho, se está aún en plazo de adhesiones de partidos y de posible debate de otras propuestas alternativas".

"Por tanto, estamos ante un acuerdo de naturaleza programática, destinado a modificar a futuro leyes y reglamentos de parlamentos para que recojan lo que en él se contempla", según añade Maribel Mora, quien, además, advierte de que el contenido de dicho acuerdo "no es conforme con la actual doctrina constitucional".

Así, la parlamentaria sostiene que el acuerdo "atribuye un papel abrumador a los partidos políticos en el ejercicio del derecho de participación política, muy lejos de lo que desde la sentencia 28/1984 el Tribunal Constitucional les viene reconociendo en el proceso de constitución de los órganos públicos".

Según Mora, en dicho pacto "se propugna que a voluntad de los partidos políticos se pueda remover a senadores, diputados provinciales y otros electos de segundo grado", y "esto es fulminar el derecho de participación política de los ciudadanos en beneficio de entidades privadas".

LA DECLARACIÓN DE ELECTOS COMO TRÁNSFUGAS

De igual modo, la diputada critica que, en dicho pacto, la declaración de un electo como tránsfuga "se atribuye en exclusiva al partido, que no tiene ninguna necesidad de explicar las causas" que le llevan a tomar esa decisión, "ni el electo puede defenderse ni tiene nada que decir: vale la simple certificación de que han abandonado la disciplina del partido o se han apartado de sus directrices".

"Esto tampoco es viable constitucionalmente hablando", según sostiene la representante de Adelante en la Mesa, quien argumenta al respecto que "ese poder exagerado del partido político para perturbar el ejercicio de la representación política es una de las razones por las que el Tribunal Constitucional, en 151/2017, de 21 de diciembre, declaró nulo el párrafo tercero del artículo 197.1 a) de la Ley Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General, una modificación de la Loreg destinada a dejar en papel mojado cualquier mayoría que se formara en una corporación local con tránsfugas de cara a una moción de censura".

Según abunda Maribel Mora en su escrito, el TC considera que "una norma no puede sujetar al electo al grupo político de origen hasta el extremo de restringir sus funciones representativas básicas sin que ello responda a un fraude en la representación de la voluntad popular", de forma que "vulnera la libertad de mandato" del artículo 23.2 de la Constitución, así como "la interdicción del mandato imperativo del 67.2" de la Carta Magna.

"También es imposible la pretensión de aplicar el Acuerdo como criterio interpretativo ante la ausencia de norma aplicable en los reglamentos parlamentarios", según argumenta también la diputada de Adelante, quien critica igualmente que "se pretende además que, mientras no exista traslación del pacto a las leyes, se interpreten todas las situaciones en las cámaras legislativas" según establece la Ley de Bases de Régimen Local, algo que "tampoco es viable", como el informe de los servicios jurídicos del Parlamento elaborado sobre este asunto de la expulsión de miembros del grupo de Adelante "lo dice expresamente".

"IRRETROACTIVIDAD" EN LA APLICACIÓN DEL PACTO

A todo ello, Maribel Mora añade que no se puede aplicar "retroactividad" en la aplicación del pacto antitransfuguismo, porque "la irretroactividad está garantizada en cualquier reforma por el principio de seguridad jurídica del artículo 9 de la Constitución".

En esa línea, la parlamentaria sostiene que, "en el caso de Adelante Andalucía, nada de lo que se le imputa a los diputados que se pretende expulsar, en el momento en que ocurrió ningún hecho, eran bajo ningún supuesto casos de transfuguismo político", de forma que "no se puede calificar de transfuguismo una actuación que, cuando ocurrió, ni de lejos era incardinable en el supuesto meses más tarde".

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