Fiscalía pide absolver al exalcalde de Nueva Carteya por orden de pagos con reparo y contrataciones

Considera que no hay ningún delito y el exregidor "cumplió con la legalidad" en sus actuaciones

Edificio de la Audiencia de Córdoba
EUROPA PRESS/ARCHIVO
Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 6 marzo 2013 19:52

CÓRDOBA, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Provincial de Córdoba solicita la absolución del exalcalde de la localidad cordobesa de Nueva Carteya Antonio Ramírez (PSOE) en relación a la orden de pagos que realizó con el reparo de la Intervención y contrataciones de obras y servicios públicos durante el periodo 1999 a 2007.

Según recoge la calificación del Ministerio Público, a la que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal considera que no hay delito en la actuación del exregidor, que "ordenó diversos pagos, con el reparo del secretario interventor, que en cumplimiento de la legalidad vigente fueron elevados al Pleno, donde fueron puestos de manifiesto a los querellantes".

Por otra parte, detalla que "se realizaron diversas contrataciones de obras y servicios siguiendo el trámite legalmente establecido, con salvedades en cuanto a actos que no están sometidos a la Ley de contratos del Estado o no sujetos al procedimiento de contratación".

En este sentido, la Fiscalía cree que los hechos descritos "no son constitutivos de ningún delito", de modo que "no procede hablar de autoría" y solicita la absolución del denunciado, que será juzgado este jueves en el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba.

CASO REABIERTO

Cabe destacar que el Juzgado de Cabra (Córdoba) dictó el sobreseimiento del caso en 2007 y también en otra ocasión posterior, tras la denuncia que interpuso contra el exalcalde en diciembre de 2006 el ahora primer edil de Nueva Carteya, Vicente Tapia (IU), y otros cinco miembros de IU en el pueblo, que ejercen la acusación particular.

El juez instructor cerró por dos veces el caso, una al estimar la inexistencia de delito y otra al aplicar el antecedente del caso Ibarretxe, que estima que un proceso no puede llegar a una vista oral con la acusación particular como único actor del proceso.

Sin embargo, la Audiencia Provincial denegó ese sobreseimiento por dos ocasiones. En la primera, los magistrados rebatieron al juez de instrucción asegurando que la caracterización jurídica de estos hechos --irregularidad administrativa o delito-- se tiene que realizar, oídas las partes, tras un juicio. En el segundo, la Audiencia dictó un auto que entiende que, en este caso, el presunto delito de prevaricación implica que se puedan atender en una vista oral los criterios alternativos a los del fiscal propugnados "por cualquier ciudadano".

LA ACUSACIÓN PARTICULAR

Mientras, la acusación particular considera reprochable, siendo Ramírez alcalde, el pago de facturas contra las que existía un reparo de la Intervención, la realización de inversiones sin que estuvieran previstas en los presupuestos municipales y el abono a otras entidades con las mismas deficiencias.

El escrito de la acusación realiza una larga relación de pagos efectuados por el exalcalde con la advertencia expresa del interventor de que no eran correctos, desde la colocación de elementos del mobiliario urbano hasta pequeños arreglos de calles o el patrocinio de una meta volante de la Vuelta Ciclista a Andalucía. Además, IU consideraba que se había cometido una segunda supuesta ilegalidad en determinadas contrataciones realizadas por el Ayuntamiento de Nueva Carteya eludiendo supuestamente los procedimientos establecidos.

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