Granada.- Tribunales.- CCOO recurre la sentencia que reconoce que AENA vulneró el derecho a la igualdad de una opositora

Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 22 abril 2008 15:17

GRANADA 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

CCOO va a recurrir la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Granada que declara que Aeropuertos Nacionales y Navegación Aérea (AENA) vulneró el derecho fundamental a la igualdad en la resolución del proceso selectivo convocado en febrero de 2006 en el que se contemplaban cuatro plazas de bombero en el aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén que aprobó una mujer, demandante, aunque sin plaza.

El sindicato consideró positiva la resolución que reconoce la vulneración del derecho, si bien mostró su disconformidad porque se absuelva a la entidad y no se acceda a ninguna de las pretensiones de la demandante --adjudicación de una plaza de bombera con caráter fijo, ser llamada la primera de la bolsa de reserva, donde ocupa el puesto 26, o ser indemnizada-- porque no impugnó la resolución del proceso en los días que tuvo para ello.

El sindicato, que ha recurrido ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el fallo, confía en que el caso se "solucione rápido", según manifestó hoy en rueda de prensa el secretario de Salud Laboral de CCOO Granada, Juan Pérez. La demandante, de nombre Regina Galán, aseguró que "confía en que esto se resuelva lo antes posible" para recuperar un trabajo que "por derecho me pertence".

CCOO solicita que se "repongan" los derecho fundamentales recogidos en la Constitución española, tal y como establece la Ley de Procedimiento Laboral cuando se han vulnerado derechos fundamentales. De los 1.600 puestos de bombero que trabajan en todo el país en AENA, únicamente hay tres mujeres. Por ello pidió "sensibilidad" a las representantes de los ministerios de Igualdad y Fomento.

En la sentencia, el juez reconoce el "incorrecto" proceder de la empresa en la resolución del proceso selectivo en la oferta pública de empleo de 2006 en la que convocó 619 plazas de personal laboral de carácter fijo de plantilla de acuerdo con lo establecido en la legislación y el convenio colectivo de Aena.

AENA no dio cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, con "evidente vulneración de las bases del concurso y del derecho a la igualdad", y por ello la actora se ha visto privada de una plaza que "le correspondería de haberse hecho la reserva del cinco por ciento de plazas para mujeres" que el acuerdo contemplaba.

La primera de las pretensiones es la adjudicación de una plaza y no se realiza porque es "imposible" al estar de manera definitiva y firme adjudicadas las 151 plazas de bombero sin que fuera impugnada la resolución. Acceder a lo que solicita la demandante "implicaría un perjuicio evidente" para los seleccionados con plazas fijas definitivas ya que la relación de trabajadores "no puede exceder el número de plazas convocadas".

Regina Galán solicitaba de forma subsidiaria que se declarara su derecho preferente a ser llamada en primer lugar con carácter temporal o fijo en la bolsa de reserva. Esa pretensión tampoco puede tener "favorable acogida" ya que el "porcentaje de reserva" del 5 por ciento "no es aplicable" a las bolsas de reserva.

En último extremo se interesa la indemnización de daños y perjuicios, "única pretensión" que tendría viabilidad aunque como quiera que en la demanda "no se concreta ni cuantifican los daños ni se ha realizado prueba alguna sobre su existencia" no procede fijar indemnización al respecto, concluye la resolución que ha sido recurrida por el sindicato.

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