Granada.-Tribunales.- Condenan a medio año de cárcel a un hombre que golpeó, ató y semidesnudó a otro tras una discusión

Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 31 mayo 2006 17:48

GRANADA 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Granada ha condenado de conformidad entre las partes a medio año de prisión a un hombre, E.C.T., que tras discutir con otro, le golpeó, ató e inmovilizó durante una noche, para al día siguiente obligarle a caminar con una soga al cuello semidesnudo por una carretera hacia Orgiva (Granada).

En la sentencia, a la que tuvo acceso hoy Europa Press, el tribunal consideró a E.C.T. autor de un delito de trato degradante, así como una falta de lesiones, hechos por los que debe indemnizar a R.E.M. en 500 euros por las lesiones y el daño moral causado.

Los hechos que se declaran probados ocurrieron el 15 de noviembre de 2004, cuando M.B.E., ciudadano británico, se encontraba en una tienda situada en la comuna hippie de Cáñar, en el término municipal de Orgiva (Granada), y comenzó una discusión con el acusado.

En el transcurso de ésta, el ahora condenado golpeó con un palo en la cabeza al británico, que perdió el conocimiento momentáneamente. En esa situación, E.C.T. procedió a atarle con una cuerda los pies y las manos, manteniéndolo inmovilizado y privado de su libertad deambulatoria durante toda la noche.

Cuando el joven atado intentaba librarse de las cuerdas, el procesado volvía a golpearle profiriendo frases como "te tengo que matar" o "si te mueves te corto una pierna". A la mañana siguiente, lo ató con una soga al cuello y semidesnudo le obligó a caminar por la carretera en dirección a Orgiva.

El motivo del traslado era "supuestamente" entregarlo a los agentes de la autoridad, que fueron quienes lo hallaron en "tan humillante situación" y procedieron a liberarlo.

A consecuencia de la agresión, M.R.E. sufrió un desgarro en el labio inferior, erosiones en la espalda y marcas de compresión de cuerdas en el cuello y muñecas, de las que tardó en curar siete días.

En el acto del juicio oral, el ministerio fiscal modificó los hechos por los que acusaba, detención ilegal, en sus conclusiones provisionales, al no quedar acreditado que el acusado privara a la víctima de su libertad deambulatoria ya que "se limitó a detenerlo participando además otras personas desconocidas".

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