Jaén.- Tribunales.- Condenadas dos personas a seis meses de prisión por construir en suelo no urbanizable protegido

Actualizado: martes, 10 julio 2007 18:01

JAÉN, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

El titular del juzgado de lo Penal número dos de Jaén ha condenado a seis meses de prisión a la propietaria de una parcela y al titular de una constructora por construir una vivienda en suelo clasificado como no urbanizable protegido por su interés agrario en el paraje conocido como Vega de la Reina de Jaén.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, establece como hechos probados que en el mes de abril de 2005, Isabel L.G. y su hija Isabel M.L. adquirieron la parcela del terreno Z4P2 situada en el carril número 12 del paraje denominado Vega de la Reina, incluido en el Plan Especial de La Vega, en el término municipal de Jaén, en suelo clasificado como no urbanizable protegido por interés agrario conforme al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad.

Asimismo, establece que Juan Francisco L.C., titular de una empresa de construcciones y que fue contratado por la acusada y su marido, hoy fallecido, inició y terminó una vivienda unifamiliar con piscina sin contar con la preceptiva licencia municipal de obras, una construcción que "no es susceptible de ser legalizada".

Así pues, según la sentencia, "en este caso quedan acreditados todos los elementos del tipo al tratarse de suelo no urbanizable. No se pide licencia de obras y ni siquiera tiene un proyecto ni dirección técnica para hacer la vivienda, lo que acredita que sabían que en esa parcela no se podía edificar, pues prescinden de hasta lo más elemental como es la seguridad de lo edificado con tal de conseguir su fin de tener su casa aunque sea de forma ilegal".

De esta forma, el tribunal estima procedente considerar a Isabel L.G. y a Juan Francisco L.C. como autores de un delito contra la ordenación del territorio por su "personal, material, voluntaria y directa participación" en la ejecución de los hechos denunciados.

Por todo ello, el titular del juzgado de lo Penal número dos de la capital ha condenado a cada uno de los acusados a una pena de seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio y al pago de una multa de 1.170 euros, así como a la imposibilidad del ejercicio de promotor por parte de la acusada y de constructor por parte del acusado durante un año.