La Junta abre expediente sancionador al vecino de Cazalilla que arrojó la pava desde el campanario, según Anpba

Actualizado: miércoles, 22 julio 2015 11:48

JAÉN, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Andalucía ha abierto expediente sancionador al vecino de Cazalilla (Jaén) que el pasado 3 de febrero arrojó a la pava desde el campanario del municipio. En dicho expediente, según ha informado la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba) propone imponer una sanción de 2.001 euros.

Como cada día de San Blas, en la tarde del pasado 3 de febrero, un individuo accedió al campanario de la iglesia de Cazalilla y, después de exhibir a una pava por los ventanucos, lanzó finalmente al animal hacia el gentío que se congrega en la plaza para hacerse con lo que en el municipio está considerado como un prestigioso trofeo.

Como viene haciendo Anpba en los últimos doce años, este año también interpuso denuncia formal ante el delegado territorial de Agricultura de la Junta en Jaén, porque el trato infringido a la pava está tipificado como infracción administrativa "muy grave" de la Ley andaluza de Protección Animal. De hecho, según explica Anpba, la propia Junta de Andalucía, ya en 2004 determinó que la pava sufre y es sometida a tratamientos antinaturales en este evento.

En la denuncia, Anpba también recordó a la Junta que una "recomendación" científica, adoptada en 2001 por el Consejo de Europa, dispone, en su artículo 6, que no deberían utilizarse pavos en espectáculos públicos ni exhibiciones. Y es que las aves utilizadas en eventos de este tipo, dice Anpba en un comunicado, son víctimas de un profundo estrés y demuestran su sufrimiento en los repetidos intentos de huir y escapar de lo que perciben como una agresión y un peligro, considerando al gentío que las manipula como "depredadores", según indica el propio Consejo de Europa.

Sobre el expediente sancionador abierto por la Junta, Anpba ha anunciado que presentará alegaciones y, en su caso, interpondrá una demanda contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya que consideran que la sanción es la mínima aplicable para las infracciones tipificadas como "muy graves" en la Ley andaluza de Protección Animal.

De hecho, Anpba ha solicitado reiteradamente a la Junta que aumente la cuantía de la multa, pues son de aplicación ciertas agravantes legales, que son invocadas por la asociación en la interposición de sus denuncias anuales, doce ya desde 2004.

Por ello, la Asociación va a presentar, dentro de los 15 días hábiles siguientes, las pertinentes alegaciones al 'Acuerdo de Inicio' incoado, según lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

En caso de que finalmente la Junta impusiera "la irrisoria sanción" propuesta de 2.001 euros, tras el correspondiente recurso de alzada a fin de agotar la vía administrativa, Anpba ya ha anunciado que interpondrá una demanda contencioso-administrativa ante la sede del TSJ en Sevilla, para que sea finalmente la jurisdicción contencioso-administrativa la que disponga "si las agravantes invocadas por Anpba, como son la trascendencia social, la intencionalidad, la reiteración, los perjuicios causados, entre otros, deberían ser tenidas en cuenta por la Junta a la hora de establecer la cuantía de la sanción".

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