El juzgado del caso de Adamuz rechaza personarse al Abogado del Estado en representación del Ministerio de Transportes

Archivo - Imagen de la fachada del juzgado de Montoro (Córdoba) que asume la investigación de la causa del accidente ferroviario ocurrido en la localidad cordobesa de Adamuz.
Archivo - Imagen de la fachada del juzgado de Montoro (Córdoba) que asume la investigación de la causa del accidente ferroviario ocurrido en la localidad cordobesa de Adamuz. - Rocío Ruz - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 3 junio 2026 11:47

MONTORO (CÓRDOBA), 3 (EUROPA PRESS)

La Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba), Plaza número 2, que lleva la causa del siniestro ferroviario de Adamuz, que el domingo 18 de enero causó la muerte de 46 personas y hubo más de 120 heridos, ha rechazado la personación del Abogado del Estado en representación del Ministerio de Transportes.

Según recoge la diligencia de ordenación del juzgado del día 20 de mayo, a la que ha tenido acceso Europa Press, "no ha lugar a la personación del Abogado del Estado en nombre de la Administración del Estado-Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en calidad de actor civil, debiendo ejercer las acciones que puedan corresponderle en el procedimiento civil y/o administrativo pertinente".

Al respecto, se podía interponer recurso de reposición ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente.

Así, la Abogacía del Estado ha presentado recurso y ha sido admitido a trámite el día 26 de mayo, al amparo de una supuesta subrogación en la posición de las víctimas del accidente como consecuencia de los anticipos de responsabilidad civil reconocidos por el Real Decreto Ley 1/2026 de 27 de enero de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona).

Frente a ello, representantes de familiares de víctimas han realizado alegaciones para impugnar el referido recurso en base a "la inexistencia de causa que legitime a la Abogacía del Estado para personarse como actora civil", porque "nada acredita la Abogacía del Estado sobre presuntos anticipos reconocidos en el Real Decreto Ley, ya que, hasta la fecha, salvo error u omisión de esta parte, las ayudas que han sido concedidas, que no abonadas, son las reconocidas en los artículos 1 a 8 de la mencionada norma, las cuales nada tienen que ver con las posibles indemnizaciones que por responsabilidad civil puedan reconocerse a las víctimas en el presente procedimiento".

Por el contrario, agregan, "ninguna resolución ha recaído respecto a los anticipos de indemnizaciones civiles que pretenden dar amparo a la personación, anticipos, que, a pesar de haber sido reclamados por los afectados, sin embrago no han sido incluidos, sino excluidos expresamente de las resoluciones que se han dictado en ejecución del Real Decreto Ley".

A los efectos de poder incluso plantearse la posibilidad de personación, apuntan que "la Abogacía del Estado debió, cosa que no ha realizado, acreditar el pago a los perjudicados en el presente procedimiento, ya que la jurisprudencia mencionada por el propio recurso que ahora se impugna, exige como requisito necesario para la personación como actor civil en subrogación de las víctimas del hecho delictivo, que el abono se haya hecho de manera efectiva y no meramente ideal o, por haber sido reconocida, como en este caso, en una norma legal que hasta el momento no ha sido llevada a efecto".

Por otro lado por la aseguradora de Adif, se ha procedido a ingresar en la cuenta de consignaciones del Tribunal, para que se haga pago a los afectados, "las cantidades que, de manera provisional, pero en importes muy superiores a los anticipos establecidos en el Real Decreto Ley 1/2026, se han calculado para satisfacer las responsabilidades civiles derivadas del delito, por lo que al haber consignado el pago de dichas cantidades no resulta ya posible esa supuesta subrogación recogida en la norma, pues las responsabilidades han sido abonadas para su abono a las víctimas, sin perjuicio de que por parte del Tribunal no se ha procedido aún al abono a las víctimas", según indican.

LA JUNTA PERSONADA COMO ACTOR CIVIL

Entretanto, la jueza sí aceptó a principios del mes de abril la personación de la Junta de Andalucía en la causa como actor civil, según confirmado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que explicaron que es una diligencia de ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia en la que se recoge dicha personación como actor civil.

En este sentido, precisaron que sólo podrá reclamar gastos extraordinarios y perjuicios sufridos por el accidente, pero "no podrá pedir pruebas ni diligencias de Instrucción", detallaron las fuentes.

La consejera de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social y portavoz del Gobierno andaluz, Carolina España, reclamó en este sentido que "se llegue hasta el final de la investigación", una aspiración sobre la que aseguró que "se lo debemos a las víctimas, a sus familiares", sobre quienes ha sostenido que "siempre" el Gobierno andaluz "estará a su lado", por lo que ha reivindicado "acompañarles aquí y en los tribunales".

"Lo importante y lo urgente es que se conozca toda la verdad", se ratificó la consejera y portavoz, quien sostuvo como "dos caminos paralelos" el trabajo legal de la Junta con la creación de la figura del Comisionado de atención a las víctimas que anunció y ratificó en el Consejo de Gobierno de 18 de marzo, celebrado en el propio municipio cordobés.

DENEGACIÓN DE OTRAS ADMINISTRACIONES

Esta iniciativa procesal de la Junta de Andalucía sobre el accidente ferroviario de Adamuz se suma al rol que han asumido otras administraciones, como han sido los casos de los ayuntamientos de Huelva y de Punta Umbría, cuya legitimación procesal para asumir la acusación popular se cuestionó el Juzgado de Montoro y se las denegó.

Ese rechazo llevó a ambos municipios a elevar un recurso de reforma ante el propio juzgado, como ya hizo el de Punta Umbría, un paso previo a la posibilidad de recurrir esa negativa ante la Audiencia Provincial de Córdoba dentro de un planteamiento de "agotar todas las vías legales".

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