ANDALUCIA.-Prodeni pide cambiar el Código Civil para evitar que "con la teoría del cachete se justifique el maltrato infantil"

Europa Press Andalucía
Actualizado: domingo, 12 febrero 2006 12:15

SEVILLA 12 Feb. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de la Asociación Pro Derechos del Niño y la Niña (Prodeni), José Luis Calvo, pidió hoy que "se corrija el Código Civil" que, según dijo, permite que "bajo la teoría de dar un cachete a los hijos, se les pueda maltratar alegando que se hace para corregirlos".

Calvo afirmó que el artículo 154 del Código dice que "los padres podrán también corregir a razonable y moderadamente a los hijos" lo que, a su juicio, "solapa la permisividad de la ley" que, según dijo, se evidencia en casos como el de la vecina de Bailén (Jaén) de 41 años que fue absuelta esta semana de un delito de malos tratos contra su hija de once años después de que la juez considerase que los "castigos" y los "cachetes" que la progenitora hubiera podido imponerle estaban dentro del "derecho de corrección" de los padres.

El portavoz de Prodeni dijo a Europa Press que "sorprende que la ley permita esto" y advirtió de que, en su opinión, "puede hacer que los maltratadores se amparen en la ley para justificar sus castigos, guantazos y cachetes". Según dijo, numerosas organizaciones sociales están demandando este cambio en el Código, para no dar pie a que se le puede azotar a un chaval en función de la corrección educativa".

Asimismo, manifestó que "los casos dependerán entonces de lo que un juez interprete que es razonablemente, si un cachete o seis tortas". En este sentido, Calvo dijo que "nosotros rechazamos esas fórmulas, porque existen otras formas para corregir a los niños sin violencia".

Una vecina de Bailén fue absuelta de un delito de malos tratos habituales contra su hija de once años después de que la juez considerase que los "castigos" y los "cachetes" que la progenitora hubiera podido imponerle estaban dentro del "derecho de corrección" de los padres.

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la titular del juzgado de lo penal número tres de Jaén estima probado que entre finales de 2003 y agosto de 2004, la acusada, A.Q.M., se encontraba en trámites de separación legal de su esposo, manteniendo ella la guarda y custodia de las dos hijas menores, de once y cuatro años.

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