Condenado a dos años de prisión por agresión sexual a una joven en Sevilla, pero le suspenden la pena tras conformidad

Archivo - Audiencia Provincial de Sevilla. Imagen de archivo.
Archivo - Audiencia Provincial de Sevilla. Imagen de archivo. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: jueves, 9 octubre 2025 12:33

SEVILLA 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un varón de 20 años a dos años de prisión por un delito de agresión sexual y a una multa de tres meses por un delito leve de lesiones cometidos en septiembre de 2024 contra una joven en la capital hispalense, aunque la pena de cárcel ha sido suspendida durante cinco años, siempre que no cometa nuevos delitos en ese periodo.

La sentencia, recogida por Europa Press y dictada por la Sección Tercera tras la conformidad entre Fiscalía, acusación y defensa, incluye además cinco años de libertad vigilada y una orden de alejamiento de la víctima. La suspensión de la pena ha sido concedida al acusado al cumplir los requisitos legales necesarios para la misma: no tener antecedentes penales, que la pena sea inferior a dos años y haber abonado la indemnización, en este caso de 4.500 euros, según adelantaba ABC y ha confirmado esta agencia.

Según el escrito, los hechos se remontan al septiembre de 2024, cuando el acusado coincidió con la víctima en una discoteca de Sevilla y acordaron volver juntos a casa en un coche de alquiler, acompañado de otra amiga.

Al llegar al portal de la vivienda de la joven, el procesado la agarró y acorraló, realizando acciones de índole sexual sin su consentimiento. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones leves que requirieron asistencia médica durante dos días.

Así, la Audiencia ha tenido en cuenta que el acusado reconoció los hechos durante el juicio y mostró conformidad con la Fiscalía. El Ministerio Fiscal solicitó entonces dos años de prisión por el delito de agresión sexual, con inhabilitación especial para ejercer el derecho de sufragio pasivo durante la condena, así como cinco años de libertad vigilada y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima a menos de 300 metros.

Además, pidió la inhabilitación especial para cualquier actividad que implique contacto con menores y la indemnización de 4.500 euros por el perjuicio moral causado. Por el delito leve de lesiones, se reclamó una multa de tres meses con responsabilidad subsidiaria en caso de impago.

No obstante, la pena de prisión ha sido suspendida durante cinco años, siempre que el acusado no cometa nuevos delitos en ese periodo, por lo que actualmente se encuentra en libertad provisional. Además, deberá cumplir las medidas de protección a favor de la víctima.

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