Condenados en Sevilla por explotar cien colmenas a sabiendas de su "origen ilícito" al haber sido robadas a apicultores

Imagen de la Guardia Civil ante unos apicultores
Imagen de la Guardia Civil ante unos apicultores - GUARDIA CIVIL
Publicado: jueves, 8 febrero 2024 16:06

SEVILLA, 8 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos varones a sendas penas de nueve y siete meses de cárcel, por un delito de receptación cometido al poseer y explotar unas cien colmenas, conociendo "su origen ilícito" al tratarse de bienes robados a diferentes apicultores.

En una sentencia emitida el pasado 28 de septiembre y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla estima parcialmente los recursos de apelación de los dos acusados, contra la sentencia inicial condenatoria del Juzgado lo Penal número seis, que les condenó a penas de cárcel de 35 y 29 meses, respectivamente, por un delito continuado de falsedad en documento privado y un delito continuado de hurto.

Al estimar parcialmente los recursos, la Audiencia modifica el relato de hechos probados de la sentencia inicial del juzgado y declara que según lo acreditado, los dos inculpados "acordaron dedicarse juntos a la explotación apícola" y para ello "consiguieron hacerse para su explotación apícola con tres colmenas con código de explotación 13 SE 0555, así como con cinco cuadros de enjambres procedentes de la explotación perteneciente" a una mujer, "que habían sido sustraídas por personas que no constan fueran los acusados entre los días 21 a 25 de abril de 2014 en el vallado de un cortijo de Gerena.

"Dichas colmenas se recuperaron en una operación desarrollada por el Grupo Roca 3 de la Guardia Civil de la Palma del Condado en sucesivas intervenciones de los días 10 y 15 de julio de 2015", precisa la sentencia, detallando que "tras múltiples denuncias de apicultores por sustracciones similares durante los meses de junio y julio de 2015, el día 10 de julio de 2015 se intervinieron a los acusados 32 colmenas de las denunciadas por aquéllos, que los acusados tenían colocadas en un paraje de la localidad de Escacena del Campo".

MÁS COLMENAS INCAUTADAS

"El 15 de julio de 2015 la fuerza actuante incautó otras 68 colmenas en una la localidad de La Palma del Condado, donde habían sido trasladadas por los acusados para su asentamiento junto a un sembrado de girasoles, a pesar de carecer de autorización de la propiedad. Las colmenas y los cuadros de enjambres intervenidos estaban identificadas por el código de explotación agrícola concedido a cada agricultor por la Oficina Comarcal Agraria, siendo utilizadas por los acusados, pese a conocer su origen ilícito, para continuar la explotación que ya habían creado con las primeras colmenas procedentes de la sustracción de abril del 2014", señala la sentencia de la Audiencia.

Según dicha instancia, "los acusados trasladaban los cuadros de enjambres llenos de miel a una nave de Escacena del Campo propiedad" de uno de ellos, "donde con material e instrumentos especializados, procedían a la extracción de la miel y demás productos apícolas, interviniéndose en ella, en registro autorizado por este acusado, numerosos cuadros de enjambres que fueron entregados a sus respectivos propietarios que denunciaron la sustracción".

SIN "PRUEBA BASTANTE"

Según la Audiencia, no hay "prueba bastante que permita afirmar con las debidas garantías de certeza, que los acusados fueran precisamente los autores de los hurtos de dichas colmenas"; teniendo en cuenta "no sólo que no existe ningún testigo de dichas múltiples sustracciones, una de ellas incluso del mes de abril de 2014, sino por cuanto en la mayor parte de los casos, no fueron recuperadas en poder de los acusados la totalidad de las colmenas sustraídas, sino una parte de ellas".

"Sí consta acreditado más allá de toda duda razonable que los acusados poseían y explotaban colmenas procedentes de aquellas sustracciones y que no podían desconocer su origen ilícito. No sólo porque las colmenas intervenidas tienen unos códigos pertenecientes a otros apicultores y que no coinciden con el reflejado en los contratos, sino porque la falta de legitimidad de su posesión de dichas colmenas se evidencia en el mismo intento de los acusados de dotar a dicha explotación de una apariencia legítima, pero ello en una forma que no hace más que confirmar la clandestinidad de la maniobra, pues para justificar la compra se simula haber adquirido las colmenas precisamente de una persona que consta acreditado que jamás intervino en ninguna clase de contrato con los acusados ni los conoce de nada", razona la Audiencia.

REDUCCIÓN DE PENAS

Por eso, la Sección Séptima de la Audiencia sustituye sus condenas iniciales de casi tres años de cárcel y casi dos años y medio de cárcel para cada uno de los dos inculpados por un delito continuado de falsedad en documento privado y un delito continuado de hurto, por penas de nueve y siete meses de prisión para cada uno de ellos por un delito de receptación.

Además, les impone "la definitiva entrega a sus legítimos propietarios de los efectos intervenidos, más la condena solidaria a ambos acusados al pago de la indemnización, que habrá de calcularse en ejecución de sentencia, correspondiente al valor de aquellas colmenas, cuadros y enjambres que se recuperaron pero ya inutilizados o malogrados".