Junta, "extrañada y preocupada por el desconocimiento" de Zoido del reparto competencial en gestión de vivienda

Actualizado: lunes, 17 febrero 2014 18:46

SEVILLA, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha expresado su "extrañeza y preocupación" ante las manifestaciones del alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido (PP), en relación a las familias del barrio de Nuevo Amate, unas afirmaciones que "revelan un profundo desconocimiento sobre el reparto competencial en la materia, a la par que una evidente intención de eludir sus responsabilidades generando confrontación institucional".

En este marco, desde la Consejería de Fomento y Vivienda se solicita al gobierno local de Sevilla "lealtad y rigor" en el debate público para que éste "no caiga en la confusión, más aún cuando afecta a familias con graves problemas sociales".

Así, fuentes de Fomento han detallado a Europa Press que los ayuntamientos son los "titulares y encargados de la creación y mantenimiento" de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida, según el artículo 16 de la Ley 1/2010 reguladora del Derecho a la Vivienda de Andalucía. Dicha norma establece, según añade, que el Ayuntamiento "gestiona" esa demanda en su municipio y se encarga de elaborar el Plan Municipal de Vivienda de su término municipal, "plan que tiene que poner en relación oferta y demanda, y fijar los mecanismo y actuaciones que el Ayuntamiento va a poner en marcha para satisfacer esa demanda, según refleja el artículo 13 de la Ley 1/2010".

A esto, añade que la Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía establece además "con claridad las competencias de los Ayuntamientos en relación con la vivienda protegida". "El artículo 9.2 de dicha norma fija entre las competencias municipales la planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda protegida", continúa.

En este punto, indica que se incluye la promoción y gestión de la vivienda; la elaboración y ejecución de los planes municipales de vivienda y participación en la elaboración y gestión de los planes de vivienda y suelo de carácter autonómico; la adjudicación de las viviendas protegidas; y el otorgamiento de la calificación provisional y definitiva de vivienda protegida, de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa autonómica.

"La articulación de la política de vivienda en cada municipio es competencia municipal, siempre en el marco de la legislación autonómica. Lo deseable es que el ejercicio de dichas competencias se realice desde la responsabilidad y la lealtad institucional", concluye.