Ley Antitabaco.-Junta ordena vigilar su estricta "observancia" en sus centros de trabajo y no habilitar zonas para fumar

Europa Press Andalucía
Actualizado: sábado, 21 enero 2006 12:08

SEVILLA 21 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Secretaría General para la Administración Pública de la Junta de Andalucía ha dictado una resolución que detalla "instrucciones" para la aplicación de la denominada 'Ley Antitabaco', en la que se insta a los responsables de los servicios comunes a vigilar la "estricta observancia de la prohibición de fumar" en los centros de trabajo dependientes de la administración autonómica y se recuerda que "no cabe la habilitación de zona alguna para el consumo de tabaco".

La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, recuerda que la nueva Ley "establece la prohibición total de fumar en los centros y dependencias de las administraciones públicas y entidades de Derecho Público" y detalla una serie de "instrucciones" para garantizar una "más correcta aplicación de las obligaciones que impone la entrada en vigor" de la citada norma.

En primer lugar, la resolución determina que, "a partir del día 1 de enero de 2006, los responsables de los servicios comunes en los distintos centros de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía y de sus organismos públicos, vinculados o dependientes, velarán por el estricto cumplimiento en los mismos de los preceptos de la Ley", para lo que "se entenderá por centro de trabajo toda dependencia, unidad, servicio u oficina físicamente diferenciable".

Junto a ello, la Junta subraya la necesidad tanto de "prestar atención a procurar información a todo el personal de los respectivos centros sobre los riesgos del tabaquismo" como de "vigilar la estricta observancia de la prohibición de fumar", para lo que los responsables de los servicios comunes "advertirán a todo el personal ajeno al centro que se encuentre en el mismo fumando de la prohibición de hacerlo".

NO CABE HABILITAR ZONAS PARA FUMAR

Como medidas concretas, la resolución incluye la retirada de "los ceniceros y todos los objetos destinados a facilitar el consumo de tabaco de todas las instalaciones"; la obligación de "informar a todo el personal de la prohibición total de fumar, dado que no cabe la habilitación de zona alguna para el consumo de tabaco"; y la colocación de carteles que informen sobre la prohibición de consumir tabaco "en lugar visible en todas las entradas a centros de trabajo".

Los carteles informativos pueden ser descargados de la página web de la Consejería de Salud (www.juntadeandalucia.es/salud), mientras que podrá solicitarse información acerca de las dudas que puedan suscitarse respecto a los diferentes aspectos de la Ley en el teléfono 900 850 300.

Contenido patrocinado