El Gobierno de Aragón actualiza el servicio de ayuda para la confección de autoliquidaciones tributarias

La resolución adapta el servicio a la normativa vigente, refuerza la atención al contribuyente e impulsa el uso de los medios electrónicos

Un usuario utilizando un ordenador y una tablet.
Un usuario utilizando un ordenador y una tablet. - PIXABAY
Europa Press Aragón
Publicado: domingo, 21 diciembre 2025 11:35

ZARAGOZA, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón ha dictado una resolución por la que se actualizan las instrucciones que regulan la prestación del servicio de ayuda para la confección, pago y presentación de autoliquidaciones de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como sobre Sucesiones y Donaciones, con el fin de adaptar su funcionamiento a la normativa vigente y a los recursos disponibles.

La resolución, firmada el 19 de diciembre por el director general de Tributos, Francisco Pozuelo Antoni, tiene como objetivo garantizar una atención adecuada a los contribuyentes, fomentar el uso de medios electrónicos y adaptar el servicio a los recursos disponibles, una vez superada la situación excepcional derivada de la pandemia.

Este servicio se dirige a personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración que no dispongan de medios técnicos suficientes para realizar las autoliquidaciones por sí mismas. Quedan excluidos quienes actúen por representación.

La solicitud es voluntaria y su admisión dependerá de la disponibilidad de datos y medios técnicos que aseguren la necesaria seguridad jurídica.

TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓNICO

La atención se prestará preferentemente por canales no presenciales, a través del teléfono de Información Tributaria y del correo electrónico corporativo que se facilitará a cada usuario. No obstante, se mantiene la atención presencial en aquellos casos en los que las dificultades en el uso del lenguaje o de las herramientas digitales lo hagan necesario.

La resolución establece plazos mínimos para solicitar el servicio, que deberán respetarse para garantizar su correcta prestación, y regula los supuestos de admisión, inadmisión y exclusión, especialmente en aquellos casos de mayor complejidad o con un elevado número de bienes.

Asimismo, se detallan los trámites que pueden realizar los funcionarios habilitados, siempre con autorización expresa del contribuyente.

Con esta medida, la Dirección General de Tributos refuerza su compromiso con la simplificación administrativa, la asistencia efectiva al contribuyente y el impulso de la administración electrónica, en línea con la normativa estatal y autonómica vigente.

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y será difundida también a través del portal de tributos del Gobierno de Aragón.

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