La Ley de Capitalidad, con "garantía de aprobación" por el acuerdo con el Ayuntamiento

Ayuntamiento de Zaragoza escorzo
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 6 junio 2017 14:24

ZARAGOZA, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

El proyecto de ley de Régimen Especial del Municipio de Zaragoza, conocido como Ley de Capitalidad, que este martes ha recibido el visto bueno del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, tiene "garantía de aprobación" gracias al acuerdo del Ejecutivo de Javier Lambán con el alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve.

Así lo ha indicado el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, en la que ha aseverado que "esta ley no va a tener muchas modificaciones en las Cortes", insistiendo en que el acuerdo con el equipo de Santisteve "nos permite tener una mayoría suficiente".

Ha recordado que la dotación para este año tiene un "suelo" de ocho millones de euros, a los que se suman 13,5 millones en concepto de actuaciones de asistencia social, una cifra que irá aumentando progresivamente.

Vicente Guillén ha indicado que el proyecto de ley recoge una regulación exhaustiva que "tiene como base la singularidad" del municipio en el contexto de Aragón, ya que alberga a la mitad de la población y el Estatuto de Autonomía dispone que requiere de una normativa especial. Entre otros aspectos, se regula la financiación de los convenios mediante los que el consistorio presta servicios delegados por la Comunidad Autónoma.

Después de un largo proceso de negociación, que se inició en marzo de 2016, el Gobierno de Aragón reconoce el modelo de "ciudad-capital" de Zaragoza en el contexto de un territorio amplio y complejo. Igualmente, su protagonismo "de especial trascendencia en la economía local y global, además de su trascendencia territorial".

A pesar de que el proyecto de ley tiene que recorrer el proceso de tramitación en Cortes, Gobierno de Aragón y Ayuntamiento de Zaragoza ya han avanzado en algunas cuestiones relacionadas con la Comisión Bilateral, el órgano de encuentro de ambas instituciones. El texto del proyecto se organiza en siete títulos, tres disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias y tres finales.

TÍTULOS

El Título I contiene las disposiciones generales, en las que se define el objeto de la Ley y su finalidad de establecer un régimen jurídico especial para la ciudad de Zaragoza como capital de Aragón, a la que se le reconoce personalidad jurídica y autonomía para la gestión de sus intereses.

El Título II, relativo a la organización, trata acerca de las disposiciones generales de organización, que incluye sus principios generales así como la regulación de sus órganos de gobierno y administración y las competencias que les corresponden.

El Título III regula el Consejo Bilateral de la capitalidad, su composición, régimen de funcionamiento y funciones. El Consejo está integrado por representantes de la Comunidad Autónoma y del Municipio, para la coordinación funcional entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza en el ejercicio de sus respectivas competencias y responsabilidades, así como la prestación de servicios.

Las competencias del municipio de Zaragoza configuran el contenido del Título IV, sede en la que se establecen ámbitos de colaboración con la Administración Autonómica.

El Título V trata de las singularidades en los procedimientos de aprobación de ordenanzas y reglamentos, ordenanzas fiscales, presupuesto y gestión de servicios públicos, mientras que el Título VI se refiere a la participación ciudadana y la transparencia en la información municipal.

Por último, el Título VII regula la financiación del Ayuntamiento de Zaragoza, mediante la participación de la Comunidad Autónoma a través de varios procedimientos. Se prevé, igualmente, la posibilidad de que la Diputación Provincial de Zaragoza pueda colaborar con el municipio de Zaragoza en la financiación de las infraestructuras, equipamientos, obras y servicios de competencia municipal en sus barrios rurales o de interés general, a través del correspondiente convenio.

Las disposiciones transitorias tercera y cuarta resumen los aspectos relacionados con la financiación. Hasta la regulación de la participación de los entes locales en los ingresos del Comunidad Autónoma a través de la ley correspondiente, el Gobierno de Aragón transferirá al Ayuntamiento de Zaragoza 8 millones anuales que se incrementarán en la misma proporción en que se incrementen los ingresos no financieros de la propia Comunidad Autónoma. Si estos ingresos decrecen, la cantidad a transferir al Ayuntamiento no variará en el ejercicio siguiente.

CONVENIO

Finalmente, la disposición transitoria cuarta contempla la firma de un convenio bilateral en el periodo 2017-2020 a través del cual el Gobierno de Aragón recogerá en su Presupuesto anual partidas por un importe de inicial de 13,5 millones de euros para atender las competencias atribuidas al Ayuntamiento por el Gobierno de Aragón.

Los 21,5 millones de euros se completan con los 8 que corresponden al suelo que cada ejercicio económico percibirá el Ayuntamiento de Zaragoza hasta que se apruebe la Ley de Participación en los Ingresos de la Comunidad Autónoma.

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