Autobús de Hazte Oír contra menores transexuales
HAZTE OÍR
Actualizado: miércoles, 1 marzo 2017 19:28

A pesar de que rechazan su mensaje no creen que encaje en el supuesto de delito de odio ni ven razones para las medidas cautelares

OVIEDO, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, José Manuel Paredes, y el profesor titular de Derecho Constitucional en el mismo centro, Miguel Presno, han considerado este miércoles que el autobús de Hazte Oír está amparado por la libertado de expresión y no creen que encaje en el supuesto de un delito de odio.

La Fiscalía ha decidido abrir diligencias para investigar la posible comisión de un delito de odio por parte de Hazte Oír por el autobús que circulaba en Madrid en el que se podía leer 'Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo'. Como medida cautelar ha solicitado judicialmente que se prohíba la circulación de ese vehículo mientras no se retiren los mensajes. El asunto ha generado un amplio revuelo político.

A preguntas de Europa Press sobre el caso en concreto, Paredes Castañón considera que para ir penalmente contra esa organización no basta con que el autobús recoja mensajes discutibles, homófobos o incluso disparates. Para que sea delito y encaje en el artículo 510 del Código Penal, habría que probar que realmente está "incitando" a comportamientos discriminatorios.

Simplemente con el lema del autobús, no considera que pueda probarse esa incitación al odio. En caso de un juicio, este catedrático apostaría porque se absolvería a Hazte Oír. "A mí el mensaje me parece un disparate, pero una cosa distinta es que provoque acciones de odio", ha señalado.

Como ejemplo de un caso que sí sería perseguible penálmente ha puesto el de un grupo violento que estuviese mostrándose dispuesto a apalear homosexuales. Pero cree que ese caso hipotético no es el mismo que el del autobús.

Ha explicado que existen mensajes que se escuchan o se ven en muchas ciudades españolas, en las que piden, por ejemplo, que los extranjeros se vayan fuera, pero ha insistido en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, recogido en la Constitución y, por tanto, por encima del Código Penal. Ese derecho ampara también a las ideas molestas y las equivocadas.

"A mí me parece peligroso acusar a alguien por expresar ideas; puede empezarse con esto y luego hacer lo mismo con cuestiones independentistas, anuncios sexistas...", ha advertido.

En una línea similar a la de Paredes se ha manifestado el profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidade de Oviedo, Miguel Presno, quien tampoco ve justificadas las medidas cautelares que han supuesto la inmovilización del autobús de la plataforma Hazte Oír.

NO FOMENTA EL ODIO NI LA VIOLENCIA

Presno señala que España es un "estado democrático" que proclama la "libertad" y el "pluralismo" y que la libertad de expresión no sólo ampara a las ideas mayoritarias y aceptadas, sino también las que chocan e incluso "inquietan u ofenden" una fracción de la población.

En su blog 'El derecho y el revés' y bajo el título, 'El derecho a "hacerse oír"', Presno ha publicado un post en el que argumenta pormenorizadamente su posición. A su juicio no existe el supuesto delito, el descrito en el artículo 510 del Código Penal.

"De la lectura de esas frases no resulta ineludible concluir que la organización promotora fomente el odio, la hostilidad, la discriminación ni, mucho menos, la violencia contra nadie", afirma Presno.

El constitucionalista admite que el mensaje no es inocuo y que pueden haber personas o colectivos que se sientan ofendidos o molestos "con fundamento".

Pero es en este punto donde recuerda que en un estado democrático la libertad de expresión, tal y como ha reiterado el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ampara también mensajes, ideas o convicciones que puedan ser carentes de fundamento científico.

De hecho, Presno no vacila al considerar que no le gusta el mensaje del autobús, cuyas ideas considera "retrógradas, repulsivas y merecedoras de rechazo social". Sin embargo, sostiene que no puede prohibirse que expresen sus ideas.

En cualquier caso, el derecho de Hazte Oír a difundir sus mensajes, no implica, según Presno que deban recibir ayuda o financiación pública, dado que la Constitución conmina a las administraciones a remover los obstáculos que impiden la igualdad real y efectiva de las personas y los grupos en los que se integran.

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