La defensa del asesino de Anabel Gutiérrez sostiene que se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia

Actualizado: martes, 17 marzo 2009 14:02

Las acusaciones particulares defienden el fallo de la Audiencia Provincial y mantienen que hubo alevosía y ensañamiento

OVIEDO, 17 Mar. (EUROPA PRESS) -

La sala de vistas del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), acogió hoy la apelación a la sentencia del veredicto del jurado, del caso del asesinato de la joven Anabel Gutiérrez a manos de su ex novio al que la Audiencia condenó a 23 años de prisión. Durante el recurso la defensa sostuvo que se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia al condenarle "sin pruebas" por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.

La defensa de Juan Antonio S. A., el ex novio y asesino de la avilesina Anabel Gutiérrez, muerta el 14 de junio de 2007 en el Alto de la Degollada (Candamo), ejercida por Celestino García, solicitó al alto tribunal asturiano que anule la sentencia y proceda a la redacción de un nuevo fallo con arreglo a derecho.

El letrado del ex novio de la víctima rechazó que haya existido alevosía ya que "no existen pruebas concluyentes de que se anularan todas las posibilidades de defensa por parte de la joven". "Además en el fallo no existen pruebas sobre el orden de los golpes, sobre el instrumento con el que se cometió la agresión y tampoco se saben datos sobre la posición de la víctima cuando fue golpeada", destacó.

Respecto al agravante de ensañamiento, García consideró que "no se puede probar que Juan Antonio S. A. alargase deliberada e inhumanamente el dolor de Anabel Gutiérrez". "Se desconoce si la mujer estaba viva o muerta tras el primer golpe", señaló.

Respecto al agravante de lugar y tiempo, el abogado sostiene que los hechos ocurrieron de día en un apartadero que linda con la carretera de acceso a un área recreativa. Y en cuanto al agravante de parentesco, el abogado manifestó que cuando ocurrieron los hechos el acusado y la víctima ya habían finalizado su relación sentimental.

Además, el letrado mantuvo que su defendido padece un trastorno límite de la personalidad debido al consumo de cocaína. "El día de los hechos mi cliente había consumido una cantidad importante de alcohol y cocaína", señaló.

ACUSACIONES

Por su parte, las acusaciones particulares ejercidas por la familia de la víctima y por el abogado del estado coincidieron en respaldar punto por punto los argumentos que utilizó la Audiencia para condenar a José Antonio S. A. a 23 años de prisión.

Los letrados defendieron la existencia de alevosía al argumentar que la víctima fue "atacada de manera sorpresiva" cuando ésta estaba abrochándose los pantalones después de miccionar. Respecto al agravante de ensañamiento, las acusaciones coincidieron en que la víctima "no murió del primer golpe" y que al menos recibió cinco más en la cabeza y en el cuerpo.

"El acusado la golpeó, la alejó catorce metros de la carretera y se fue a tomar una copa", sostuvo la abogada de la familia, Victoria Carbajal. En cuanto al parentesco, las acusaciones defendieron que la mujer tuvo una relación sentimental con el acusado.

Por su parte, los letrados defendieron que el acusado condujo hasta un lugar "despoblado" y por la noche con la intención de acabar con la vida de la joven y finalizaron su exposición descartando que el condenado padeciese un trastorno límite de la personalidad ya que "sabía lo que hacía" y posteriormente "intentó evadir la acción de la justicia" ya que la Policía tardó diez días en encontrar el cadáver.

Por parte de la fiscalía defendió el fallo de la Audiencia Provincial y compartió todos los argumentos de las acusaciones particulares, excepto el agravante de alevosía ya que sostiene que no se ha podido demostrar.