Estas son las deducciones en el IRPF que perderás en la Declaración de la Renta tras el 'no' del Congreso

Deducciones en el IRPF
Deducciones en el IRPF- EDUARDO PARRA / RICARDO RUBIO EUROPA PRESS
Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: jueves, 26 febrero 2026 16:22

MADRID 26 Feb. (EUROPA PRESS) -

El 'no' del Congreso de los Diputados al Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, conocido como 'escudo social' y que incluía la prórroga de la suspensión de los desahucios, deja en el aire también varias deducciones clave del IRPF con impacto directo en la Declaración de la Renta de este año.

A continuación se detallan qué incentivos fiscales caen con la no convalidación del decreto y cuáles siguen plenamente vigentes a efectos de la Renta 2025.

¿CÓMO QUEDA LA DEDUCCIÓN POR OBRAS DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA?

Existen tres tipos de deducciones estatales para los contribuyentes que han realizado obras en su vivienda, como cambiar ventanas o instalar placas solares, dos de ellas se perderán en la Declaración de la Renta de 2025 que se realiza esta año y una sí se mantiene hasta el 2026, según explica TaxDown.

1) Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Los contribuyentes ya no podrán aplicar la deducción del 20% (hasta un máximo de 5.000 euros) por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7%.

Tras el 'no' del Congreso, la deducción tiene en cuenta las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024, frente al 'escudo social', que prorrogaba la deducción por las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para alquilar la vivienda en caso de expectativa de arrendamiento.

2) Deducción por Obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable

En la misma línea, los contribuyentes ya no podrán deducir el 40% (hasta un máximo de 7.500 euros) por obras en viviendas habituales, en alquiler o con intención de alquilar que reduzcan al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética 'A' o 'B', en la misma escala de calificación.

Tras la caída del 'escudo social', la deducción tiene en cuenta las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo que se pierde para las actuaciones ejecutadas a partir de 2025, que sí se incluían en el decreto del escudo social.

3) Deducción por obras de rehabilitación energética

A diferencia de las dos anteriores, tras el voto del Congreso, este es el último año para aplicar la deducción del 60%, hasta un máximo 5.000 euros, por obras que permitan reducir el consumo de energía primaria no renovable, en mínimo un 30%, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética 'A' o 'B', en la misma escala de calificación.

La deducción se puede aplicar en los períodos impositivos desde el 2021 hasta el 2025 y el certificado deberá ser expedido antes del 1 de enero de 2026, pero ya no se podrá aplicar en la Declaración de la Renta que se presenta en 2027.

En esta línea, las cantidades satisfechas no deducidas por exceder de la base máxima anual (5.000 euros) se pueden deducir con el mismo límite en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros.

Esta deducción se aplica sobre obras realizadas en edificios de uso predominante residencial (incluye unidades unifamiliares); mientras que las otras dos se circunscriben solo a obras de mejora en las viviendas habituales.

¿CÓMO QUEDA LA DEDUCCIÓN POR COCHE ELÉCTRICO Y PUNTO DE RECARGA?

Los contribuyentes que hayan comprado o piensen comprar un vehículo eléctrico en 2026, o instalar un punto de recarga, perderán el derecho a aplicar las deducciones en la Declaración de la Renta de 2026 (a presentar en 2027).

El decreto que ha tumbado el Congreso mantenía la ampliación de la deducción hasta el 31 de diciembre de 2026. Ahora bien, a pesar del 'no' del Congreso, los coches eléctricos y puntos de recarga comprados e instalados en 2025 sí se pueden deducir en la Declaración de la Renta de este año. La deducción será del 15% en el IRPF (con una base máxima de 20.000 euros).

ADIÓS A LOS MÓDULOS DE AUTÓNOMOS

El decreto derogado incluía también la prórroga para 2026 de los límites excluyentes del método de estimación objetiva para autónomos, conocidos como 'módulos'.

Esta medida, muy utilizada entre los autónomos pequeños, permite realizar una tributación simplificada, con pagos previsibles y menos carga administrativa.

Sin esta prórroga, los umbrales de ingresos y compras que determinan quién puede acogerse a este régimen simplificado caerán a niveles inferiores, lo que obligaría a muchos autónomos a cambiar de método de tributación con poco margen de adaptación.

¿CÓMO TRIBUTARÁN LAS RENTAS INMOBILIARIAS?

El decreto tumbado recoge el mantenimiento del porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias del 1,1% para inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados desde el 1 de enero de 2012.

Tras el 'no' del Congreso, este tipo pasará al 2%, lo que supondría un incremento de la carga fiscal para los propietarios afectados que tienen una vivienda que no es su residencia habitual ni está alquilada.

HACIENDA DISPONE DE CUATRO AÑOS PARA REVISAR POSIBLES ERRORES

Al margen del voto del Congreso, la Agencia Tributaria dispone de un plazo de revisión de hasta cuatro años sobre las declaraciones del IRPF. Esto significa que Hacienda tendrá hasta 2029 para revisar la declaración de la Renta de 2025 y reclamar posibles diferencias si el contribuyente se hubiera aplicado deducciones que finalmente no están vigentes, según recuerda TaxDown.

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