Archivo - Los abogados de los padres acusados de encerrar a sus hijos en un chalet en Fitoria, Javier Muñoz y Elena González atienen de alos medios de comunicación a la entrada del juicio. - EUROPA PRESS - Archivo
OVIEDO, 11 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial ha condenado a dos años y diez meses de prisión a los padres acusados de encerrar a sus hijos en un chalet de Fitoria (Oviedo). El tribunal condena a dos años y cuatro meses de prisión a cada uno de los padres por un delito de violencia psíquica habitual en el ámbito familiar. Por el delito de abandono de familia, se condena a cada progenitor a otros seis meses de cárcel. Los letrados de los progenitores, Javier Muñoz por parte de la madre y Elena González en representación del padre han indicado a Europa Press que estudiarán con sus representados si interponen o no recurso, para lo que cuentan con diez días.
Según fuentes de la Fiscalía del Principado de Asturias, la sentencia establece que durante 3 años y cuatro meses estarán además inhabilitados para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda y acogimiento, además de tener prohibido aproximarse a los menores a menos de 300 metros de su domicilio, lugar de estudio o lugar que frecuenten.
El tribunal absuelve a los padres de los delitos de detención ilegal de los que también estaban acusados e impone una indemnización para cada menor de 30.000 euros.
En declaraciones a Europa Press la letrada Elena González ha indicado que es importante resaltar que se establecen "tres años y cuatro meses de orden de alejamiento de los críos, pero nmo así de comunicarse con ellos", algo que considera "muy importante".
"Hablaré con mi cliente, le explicaré bien la sentencia y decidiremos si interponer o no recurso", ha insistido la letrada del padre de los menores.
Por su parte el abogado defensor de la madre, Javier Muñoz, ha indicado a Europa Press que están "moderadamente satisfechos con la sentencia, en particular porque ha descartado el delito más grave que se imputaba a los padres, el de detención ilegal (21 años de prisión, según la petición de las acusaciones), al entender que su conducta no estaba dolosamente dirigida a privar de libertad a los menores, sino que obedecía a una dinámica de aislamiento familiar".
"No obstante, discrepamos respetuosamente de las condenas por maltrato psíquico y abandono de familia, porque seguimos entendiendo que este asunto debía haberse abordado fundamentalmente desde el ámbito social y asistencial, y no desde el Derecho Penal", indicó el letrado.
Al igual que su compañera ha asegurado que estudiarána detenidamente la sentencia para valorar la posible interposición de recurso.
Por otro lado, Javier Muñoz ha añadido quetambién les satisface leer que el tribunal haya acogido la tesis de la defensa, cuando dice que "es beneficioso para los menores que con el tiempo se restablezca la relación paternofilial bajo la supervisión y siguiendo las pautas que se establezcan en su momento" por el Principado de Asturias, que es quien tiene ahora mismo la custodia.