Exigir el certificado covid no tiene carácter discriminatorio, sostiene el catedrático de Constitucional Benito Aláez

Archivo - Una persona muestra un código QR para entrar a un local de ocio nocturno
Archivo - Una persona muestra un código QR para entrar a un local de ocio nocturno - Lorena Sopna - Europa Press - Archivo
Actualizado: lunes, 6 diciembre 2021 11:38

OVIEDO, 6 Dic. (EUROPA PRESS) -

La exigencia del certificado covid o 'green pass' en espacios públicos, algo que se ha implantado en determinados países europeos y comunidades autónomas españolas, no supone discriminación para las personas. Así lo considera el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo Benito Aláez, quien, no obstante, recuerda que esa medida ha de ser justificada y proporcional en relación a la situación de la enfermedad de la COVID-19, basada en parámetros como alta incidencia o presión hospitalaria.

El certificado covid, también conocido como 'green pass', es el documento que permite viajar entre países de la Unión Europea acreditando que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, se ha recuperado de la enfermedad o tiene una prueba negativa en las últimas 48/72 horas.

Son varias las comunidades autónomas en España que han implantado la exigencia del certificado en lugares como establecimientos hosteleros o gimnasios. En Asturias, de momento no se ha puesto en marcha tal medida, si bien el Gobierno autonómico no lo descarta en el caso de que los indicadores empeoren.

"En la medida en que todo el mundo puede vacunarse en el sistema público no creo que sea discriminatorio porque a nadie se le impide tener el 'green pass'. Además el certificado ya se ha establecido como medio de control de la libertad de movimientos en la Unión Europea", ha argumentado Aláez, a preguntas de Europa Press. Ha comentado además que incluso en algunas comunidades autónomas, como Asturias, se puede solicitar una PCR gratuitamente si se tiene sospecha de síntomas,

Tampoco considera el catedrático de Derecho Constitucional que la medida vulnere el derecho a la protección de datos de la persona recogido en la Constitución Española (CE). Así, explica que la Ley Orgánica de Protección de datos prevé que se puedan recoger datos personales con el consentimiento del interesado o cuando haya una cobertura legal y que la Ley Orgánica de medidas especiales de salud pública, al prever la adopción de medidas para controlar la transmisibilidad de la enfermedad da esa cobertura. No obstante, en este punto Aláez matiza que la precisión legal al respecto "debería ser mayor y mejor".

EN EL TRABAJO

Preguntado sobre si consideraría constitucional que las empresas exigieran a sus trabajadores el 'green pass' o que incluso les despidieran por no tenerlo, Benito Aláez, se ha referido a la normativa desarrollada en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley del Estatuto básico del empleado público que permite a los empleadores o a la administración, en síntesis, dirigir la actividad, limitando los derechos fundamentales de los trabajadores siempre que se persiga un "fin legítimo" vinculado a la actividad empresarial o servicio público y la medida sea "proporcionada".

"Yo entiendo que exigírselo a los trabajadores del sector socio-sanitario, por ejemplo, para evitar que desempeñen 'disfuncionalmente' sus actividades de servicio público de atención social o sanitarias --poniendo en peligro la salud de ancianos, o enfermos a los que atienden-- estaría justificado y sería proporcionado, pero no creo que quepa, con la legislación vigente en la mano, una norma general que exija el certificado covid a todos los trabajadores y empleados públicos", ha dicho Aláez.

Para poder hacer algo así en España haría falta una reforma legal, de la Ley Orgánica de medidas especiales de salud pública, que así lo estableciese, ha indicado.

"INJERENCIA PEQUEÑA"

La exigencia del certificado covid, en cualquier caso, no deja de ser una medida "intrusiva" en el derecho a la intimidad y protección de los datos de los afectados, incluso de su integridad física, en la medida que indirectamente les condiciona a vacunarse, admite Aláez. De ahí la necesidad de que la medida sea proporcional y solo se aplique en función de que aumente la incidencia o el peligro de saturación hospitalario. En cualquier caso, el experto indica que "la injerencia es pequeña en comparación con el beneficio que produce para el interés general de la salud pública".

Aunque en algunas comunidades autónomas exista un porcentaje muy alto de vacunados, Aláez considera que la medida podría aplicarse en base al principio de proporcionalidad en determinadas zonas y en otras no, si la situación de incidencia o presión hospitalaria así lo requiriese.

"El derecho a la salud, la salud pública como crisol colectivo de ese derecho individual, son un bien o derecho constitucional al mismo nivel que los demás, pero que puede servir para limitar los derechos que se ven limitados por la exigencia del certificado covid, siempre que no conlleven una injerencia tan grande que se desconozca la esencia del derecho, y siempre que la medida sea proporcionada; y creo que esos dos requisitos se cumplen con las exigencias de certificado covid que se han autorizado hasta ahora en España", concluye Benito Aláez.