Fernando Pantaleón critica la "gran comedia de errores" existente respecto a la legislación de la responsabilidad civil

Europa Press Asturias
Actualizado: jueves, 18 junio 2009 20:44

GIJÓN 18 Jun. (EUROPA PRESS) -

El catedrático de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid, Fernando Pantaleón, criticó hoy lo que él considera "la gran comedia de errores" que existe con respecto a la responsabilidad civil y su legislación, al hallar aspectos contradictorios entre el Código penal y el Civil. Así lo dijo en la conferencia inaugural del X Congreso Nacional de Responsabilidad Civil, que se celebra en el recinto ferial 'Luis Adaro'.

Su ponencia, titulada 'La llamada responsabilidad civil derivada de delito', obedecía, según él, a "un tema viejo que permaneció callado", pero del que se vuelve a hablar tras una sentencia de la Sala 1 del Tribunal Supremo.

Según catedrático, el problema surge por que la codificación penal fue anterior a la civil, debido al rechazo a esta última de "los curas y los nacionalistas". Por este motivo, en el Código Penal se introdujeron unas normas sobre responsabilidad civil, aunque con el paso del tiempo "se olvida la esencia de por qué se hizo" y, de hecho, algún jurista interpreta que si están ahí, será porque tienen "una naturaleza distintas" a las del Código Civil.

Pantaleón señaló que sólo por razones de economía procesal se autoriza a los jueces penales el decidir sobre acciones civiles, aunque el problema está en si se aplican las normas civiles del Código Penal o directamente el Código Civil, lo que puede suponer que se aplique para un mismo caso una prescripción de 15 años o de un año según la legislación escogida.

En su opinión, lo único positivo es que el plazo pueda ser de 15, ya que consideró que el de uno es "muy corto". Como ejemplo, citó una sentencia de un caso de Granada, en la que el juez decidió que la prescripción era de un año en lugar de 15, al no haber sentencia.

El caso es de un vecino que mató a otro por un problema de lindes y luego se suicidó, por lo que no pudo ser juzgado, mientras que la demanda la puso la viuda de la víctima contra la del otro hombre, en concepto de responsabilidad civil, ya que las deudas se heredan.

Otro problema es que el Código Penal determina que la responsabilidad civil de menores de 16 a 18 años la tienen ellos, mientras que el Código Civil la imputa a los padres.

Asimismo, señaló que sólo en España existe la figura de la responsabilidad civil derivada de delito. En cuanto al congreso, destacó el nivel "muy alto de los ponentes" y señaló que no había otro evento de este tipo "comparable".

Por otro lado, el acto inaugural estuvo presidido por el magistrado de la Sala primera del Tribunal Supremo, Antonio Seijas Quintana, quien destacó el décimo aniversario del congreso y señaló que la responsabilidad civil "está evolucionando" y añadió que desde 2005 se empezaron a adoptar criterios objetivos "para evitar sorpresas". Para él, la responsabilidad civil "no debe ser una lotería" sino que se deben resolver los conflictos con criterios objetivos.

Junto a él estuvieron el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Ignacio Vidau, el fiscal jefe de Asturias, Gerardo Herrero, la alcaldesa de Gijón, Paz Fernández Felgueroso, y el presidente de la Cámara de Comercio, Luis Arias de Velasco.

Felgueroso destacó el interés del congreso y la materia que trata y añadió que tal vez la crisis pueda hacer aumentar las reclamaciones de este tipo. Por su parte, Arias de Velasco apostó por el arbitraje, un medio alternativo para las empresas, ya que la Justicia es "lenta en la mayoría de los casos". "Tiene costes elevados en tiempo y dinero", añadió.

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