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OVIEDO, 3 May. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de 3 años de prisión para un asesor acusado de estafar más de 286.000 euros a varias empresas a las que llevaba la contabilidad y emisión de facturación. La vista oral está señalada para este martes, 4 de mayo de 2021, en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, a las 10.00 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que, el 24 de diciembre de 2003, los hermanos AAA, BBB y CCC constituyeron la sociedad, dedicada a la asesoría integral de empresas, con domicilio social y despacho profesional en Oviedo. El régimen de administración se estableció que se ejercería por todos los socios como administradores solidarios.
En abril de 2008, los tres convirtieron la mercantil en sociedad profesional. En ese momento, se cambió el régimen de administración, pasando a ser administradora única BBB, con cese de los otros administradores, nombramiento inscrito en el Registro Mercantil el 21 de mayo de 2008.
No obstante, se trataba de una designación puramente formal pues, de acuerdo con todos, quien ejercía de hecho la administración, gestión y dirección superior de la asesoría era el acusado AAA. En el año 2008, ocho sociedades con domicilio social en Oviedo y que constituían un grupo empresarial, una con domicilio social en Madrid y otra domiciliada en Gijón encargaron a la mercantil la gestión integral de las empresas, lo que comprendía, entre otros cometidos, la llevanza de la contabilidad y la emisión de facturación por la generación de electricidad, actividad a la que se dedicaban.
En la asesoría, era AAA quien personal y exclusivamente se encargaba de los asuntos relativos a esa sociedades, salvo en puntuales ocasiones en que él no podía, en las cuales lo hacía a su indicación BBB. En estas circunstancias, desde ese año 2008 hasta 2013, el acusado AAA se procuró un beneficio económico propio en perjuicio de las sociedades.
Así, la asesoría estaba autorizada para girar mensualmente a la cuenta de las sociedades recibos por sus honorarios profesionales, los cuales eran abonados por el banco en la cuenta de la asesoría. Aprovechándose de esta circunstancia, del hecho de que los responsables de las sociedades solían permanecer largos periodos en el extranjero por razón de negocios y de que disponía de las claves de las cuentas de las sociedades, el acusado AAA remitió mensualmente con cargo a la cuenta de las empresas recibos por diversos conceptos ficticios, tales como suplidos o tasas municipales, cuyos importes eran abonados por el banco en la cuenta de la asesoría.
Posteriormente, AAA extraía de esa cuenta el dinero y lo hacía suyo. Estos reintegros de la cuenta de la asesoría los realizaba mediante cheques que expedía a su instancia BBB en cuanto administradora, la cual era desconocedora del verdadero destino del dinero. De esta forma, en el periodo indicado el acusado AAA se quedó con cantidades que suman más de 286.000 euros.
El acusado logró ocultar a las sociedades el desfase patrimonial, enmascarando en su contabilidad las disposiciones llevadas a cabo con conceptos distintos de los que correspondían a la realidad. La asesoría de la mercantil estaba incluida en la póliza colectiva de seguro profesional concertada por el Consejo General de Colegios de Economistas con la compañía A, y en el periodo de tiempo en que se realizaron los hechos estaba al corriente en el pago de la correspondiente prima.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de estafa de los artículos 248.1 y 250.1 5 y 6 del Código Penal. Y solicita que se condene al acusado AAA a 3 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado indemnice a las empresas perjudicadas con las cantidades presuntamente estafadas, con responsabilidad directa de la compañía aseguradora y subsidiaria de la asesoría.