Fiscalía pide el archivo de las diligencias por la 'Operación de los Palacios' en Oviedo

Calatrava Oviedo
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 11 marzo 2016 14:40

OVIEDO, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Fiscal Superior del Principado de Asturias, María Esther Fernández García, ha solicitado este viernes al Juzgado de Instrucción número tres de Oviedo el archivo del procedimiento abierto por la denominada 'Operación de los Palacios', al considerar que los hechos objeto de las mismas no son constitutivos de delito, según ha informado la Fiscalía.

En un escrito de más de 40 folios, la Fiscalía concluye que no existe prueba alguna que demuestre la comisión de ninguno de los delitos denunciados, ya que durante la investigación fiscal y la instrucción judicial desarrolladas se ha acreditado que la denuncia que desencadenó las mismas se basaba exclusivamente en meras sospechas o suposiciones de los denunciantes que, obviamente, carecen de toda eficacia para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.

La denuncia fue formulada en julio de 2014 ante el Ministerio Fiscal por el portavoz-concejal del grupo Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Oviedo, Roberto Sánchez Ramos, presidente a su vez de la Comisión Municipal de Investigación sobre el Concurso de Edificaciones denominadas Buenavista y Jovellanos, a la que se unió, en noviembre de ese mismo año, otra de cinco concejales del Ayuntamiento de Oviedo pertenecientes al Grupo Municipal Socialista.

Las Diligencias de Investigación incoadas por la Fiscalía asturiana concluyeron con la interposición de una denuncia ante el Juzgado de Instrucción número tres de Oviedo, al entender que había indicios de la posible existencia de responsabilidad penal y que dio lugar a las Diligencias Previas para las que ahora se solicita el archivo.

NO EXISTEN DELITOS

La Fiscalía, tras el análisis de la numerosa documentación aportada a las Diligencias y demás pruebas practicadas durante la instrucción judicial, considera que no existen ninguno de los delitos a los que se referían las denuncias: prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales.

Respecto a la prevaricación administrativa, la Fiscalía considera que las pruebas practicadas no reflejan la comisión de un delito de prevaricación administrativa. Según la jurisprudencia, no basta con que una resolución administrativa sea contraria a derecho para que constituya un delito de prevaricación.

De la investigación practicada se desprende que los denunciados intervinieron en los hechos asesorados por los técnicos correspondientes, y no de modo arbitrario, caprichoso o discriminatorio, ajustando su actuación a las normas reguladoras de los procedimientos administrativos correspondientes.

Por otro lado, sostiene que no puede admitirse que los hechos descritos en las denuncias sobre la actuación del Gobierno del Principado de Asturias y del Ayuntamiento de Oviedo (en la anterior legislatura) puedan incardinarse en la prevaricación administrativa, ya que, además, de las pruebas se desprende que no hay indicio alguno de que se hayan omitido aspectos esenciales del procedimiento o de que el contenido material de las resoluciones adoptadas sea manifiestamente injusto o arbitrario, o se hayan dictado por autoridad o funcionario que no tuviera competencia para hacerlo, o por circunstancias espúreas.

En cuanto al tráfico de influencias, el Ministerio Público considera que no ha quedado probada la existencia de un delito de tráfico de influencias. "Para que exista un delito de tráfico de influencias ha de ejercerse predominio o fuerza moral sobre el sujeto pasivo, de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida". Según la denuncia, el tráfico de influencias se basaba en la relación existente entre personas relacionadas con las empresas que intervinieron en las contrataciones y el equipo gubernamental del Ayuntamiento.

Pero la "relación personal" a que alude el artículo 428 del Código Penal, en el que se tipifica el delito de tráfico de influencias, ha de existir entre la autoridad y funcionario que pretende influir y la otra autoridad o funcionario de quien quiere conseguir una resolución beneficiosa para sí o para un tercero para, prevaliéndose de dicha relación, ejercer la "presión" que caracteriza a este delito.

La Fiscalía sostiene que el hecho de que se adjudique un contrato a una empresa, aún en el supuesto de que formen parte de ellas personas o familiares o amigos que tengan una relación personal o política con quienes ostentan el cargo de alcalde, concejal o técnico de la Administración, no supone tráfico de influencias, a menos que dichas autoridades hubiesen "presionado" sobre otros funcionarios, prevaliéndose de una relación personal con ellos o de la relación jerárquica existente, para "conseguir" una resolución que de otro modo no se hubiese dictado.

NI FRAUDE NI MALVERSACIÓN

Respecto a la malversación de caudales públicos. La Fiscalía considera que no ha quedado probada la existencia de un delito de malversación de caudales públicos. Y argumenta que el delito de malversación de caudales públicos sanciona la sustracción de caudales o efectos públicos o el destino a usos ajenos a la función pública de esos caudales o efectos.

"Por lo tanto, el contenido de la denuncia referido a los gastos que se dicen en perjuicio del Ayuntamiento, su naturaleza e importe, podrá ser, en su caso, objeto de valoración en otros ámbitos de responsabilidad pero no en el penal".

Tampoco ha quedado acreditada la existencia de un delito de fraude, ya que la denuncia formulada por este supuesto delito viene sustentada sobre una narración de hechos mínima y de carácter genérico, sin concretar en qué actos y de qué modo intervinieron los supuestos denunciados, narración que no puede servir de base para que pueda admitirse la existencia de este delito.

Por último, rechaza la existencia de ub delito de exacciones ilegales, ya que "se trata de un delito esencialmente doloso, siendo indispensable que el funcionario determine libremente obrar de este modo y de la investigación practicada no se desprenden pruebas sobre este delito".

El escrito solicitando el archivo de las Diligencias Previas incoadas ha sido presentado este viernes ante el Juzgado de Instrucción número tres de Oviedo.

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