Actualizado: viernes, 21 diciembre 2012 17:26

MADRID / OVIEDO, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha acordado recurrir al Tribunal Constitucional el impuesto sobre depósitos bancarios aprobado el martes por la Generalitat de Cataluña, al entender que un gobierno en funciones no puede crear impuestos, que no se pueden crear además por decreto ley, que es el Estado el que tiene reservada la regulación de este tributo y que se debe preservar la "unidad de mercado" en todo el territorio nacional.

Así ha resumido los argumentos esgrimidos la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. El Gobierno ha pedido además al Consejo de Estado que le presente el preceptivo informe sobre este recurso en un plazo de tres días.

La vicepresidenta ha explicado además que este recurso es un mensaje hacia "alguna otra comunidad que está pensando incluir una medida así en sus presupuestos" y ha mencionado en concreto al Gobierno de Asturias. "El procedimiento será el mismo que en este supuesto", le ha advertido.

La Generalitat de Cataluña aprobó el partes este impuesto mediante un decreto ley, con la intención de recaudar unos 500 millones de euros el año próximo. Se trata de un impuesto creado ya por otros gobiernos autonómicos, con competencia para ello según sentencia del Tribunal Constitucional. Sin embargo, el Ejecutivo ha introducido este tributo en los Presupuestos del Estado para 2013, aprobados precisamente ayer por las Cortes.

La vicepresidenta ha aludido a este hecho para subrayar uno de los argumentos del recurso: la competencia sobre este impuesto es estatal y el Gobierno el que debe "garantizar una cierta unidad de mercado". Las entidades bancarias cuentan con sucursales en todas las autonomías "y no parece razonable" que en cada una rijan distintas normas.

Al aprobar el martes su decreto ley, la Generalitat no ha atendido al principio de "lealtad institucional" y se adelantó a regular un asunto que ya estaba introducido en el proyecto presupuestario, aprobado el jueves. La coincidencia de "ambos hechos imponibles", el estatal y el autonómico, está prohibida por la ley orgánica de financiación autonómica (LOFCA) una vez que la norma del Estado entra en vigor.

UN GOBIERNO EN FUNCIONES

Además del asunto de fondo, el Gobierno rechaza la forma en que la Generalitat ha hecho las cosas y asegura que no se puede crear un nuevo impuesto mediante decreto, que fue el instrumento utilizado por la Generalitat de Cataluña. Es necesario el rango de ley.

"La Jurisprudencia constitucional ha interpretado, según la sentencia del Tribunal Constitucional 182/1997, que mediante decretos ley se pueden regular todos los aspectos tributarios, con exclusión del establecimiento de tributos", añade el Ejecutivo.

Y añade a lo anterior que el decreto, además, lo aprobó un gobierno en funciones, "impidiendo al Parlamento de Cataluña que ejerza su competencia para modificar la norma". Aclara el Gobierno que la legislación catalana permite al ejecutivo autonómico aprobar decretos mientras está en funciones, pero no sobre una materia que modifica los Presupuestos de la Generalitat, como es el caso.