Un hostelero es condenado a un año de prisión por incumplir de forma reiterada una resolución del Ayuntamiento

Actualizado: jueves, 28 febrero 2013 12:35

OVIEDO, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número tres de Oviedo ha condenado a un año de prisión, tal y como solicitaba la Fiscalía del Principado de Asturias, a un hostelero ovetense acusado de un delito continuado de desobediencia por incumplir de forma reiterada una resolución dictada por el Ayuntamiento de Oviedo en junio de 2011 por la que ordenaba el precinto de la instalación existente en el patio posterior de un restaurante de la zona antigua de la ciudad. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

El Juzgado considera probado que el 29 de junio de 2011, el Ayuntamiento de Oviedo dictó una resolución ordenando el precinto de la instalación existente en el patio posterior del Faro Vidio, en la calle Cimadevillla, del que es titular una mercantil cuyo administrador único es el acusado, J.A.S.N., nacido en 1959. La resolución se adoptó por incumplir las condiciones del artículo 4.26 del Plan General de Ordenación Urbana.

La resolución, que le advertía expresamente de que su incumplimiento podría constituir un delito o una falta de desobediencia, le fue notificada el 11 de julio de 2011. El acusado interpuso contra la misma un recurso de reposición y un posterior contencioso-administrativo, si bien en el mes de febrero de 2012 desistió del mismo y sin que en ningún momento de la tramitación de los mismos se solicitara la suspensión de la ejecución del precinto.

El acusado, pese a tener conocimiento de la resolución, continuó ocupando el patio infringiendo así lo dispuesto en la misma, hecho que fue constatado por la Policía Local en las inspecciones llevadas a cabo el 23 de julio de 2011, el 28 de septiembre de 2011, el 23 de diciembre de ese mismo año, el 3 de febrero de 2012, el 29 de febrero de 2012, el 29 de marzo y el 20 de mayo, también de 2012. De cada una de ellas se elaboró el correspondiente acta.

Los hechos fueron considerados como un delito continuado de desobediencia grave. El Juzgado considera que el hostelero incumplió "abiertamente" la orden, "de forma contumaz y reiterativa, evidenciando una voluntad claramente rebelde al acatamiento de la misma". Según la sentencia, "consta plenamente acreditado que el acusado ha venido desoyendo sistemáticamente la prohibición de hacer un uso particular y para su negocio de hostelería del patio común del edificio que linda con éste en su parte posterior y que cuenta con salida directa desde el mismo, al no amparar dicho uso la licencia de apertura concedida.

Pese a lo cual, ha hecho un uso indebido de la licencia concedida por la Sección de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Oviedo para el citado espacio comunitario, con la instalación de mobiliario de hostelería, uso para fines propios del personal contratado en el negocio, almacenaje y depósito de mercancías lo que motivó que tras comprobaciones del personal técnico de la Sección de Urbanismo se fuese acordando una resolución tras otra, en las que se reiteraba al acusado la prohibición de hacer un uso interesado del patio".

A pesar de todo ello, afirma la sentencia del Juzgado de lo Penal número tres de Oviedo, el acusado "continuó actuando a su antojo y capricho". "La resolución en la que finalmente se acuerda el precinto es un claro exponente del recalcitrante incumplimiento por parte del acusado de cumplir dicha prohibición de uso.

Es evidente que el precinto es un medio de autoprotección de la Administración frente a la negativa de dar voluntariamente cumplimiento a una orden, y responde a una vía de hecho última para asegurar la efectividad de una orden emanada de la autoridad".

"La actuación reiterada del acusado", concluye, "no responde a un hecho aislado o puntual, sino que se sucede en un espacio de tiempo". Además de la pena de prisión, la sentencia impone al acusado el pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.