IU defenderá en el pleno que los publicaciones del BOPA sean también en asturiano

Pleno De La Junta General Del Principado De Asturias
EUROPA PRESS
Europa Press Asturias
Actualizado: domingo, 4 diciembre 2011 13:45

OVIEDO 4 Dic. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de IU en la Junta General del Principado de Asturias (JGPA), Jesús Iglesias, defenderá en sesión plenaria una proposición no de ley que pide al Gobierno que adopte los acuerdos e implemente las medidas necesarias que garanticen la publicación sistemática en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) de todas las disposiciones, resoluciones y acuerdos de los órganos institucionales del Principado, así como de las leyes aprobadas por la Junta General, en lengua asturiana 'bable/asturiano' y en su modalidad conocida como gallego-asturiano (fala).

Así consta en una iniciativa, consultada por Europa Press, que la Mesa de la Cámara ha admitido a trámite esta semana. IU señala que en la presente legislatura, formularon una pregunta a responder por escrito por el Consejo de Gobierno sobre cuándo tenía previsto proceder incluir en el BOPA publicaciones en asturiano. Y que la respuesta fue: "Actualmente no está previsto".

De esta forma, IU quiere insistir en la "conveniencia" y "oportunidad" de la publicación, para "cumplir" con las previsiones de la Ley de Uso y Promoción del bable/asturiano, "máxime cuando la eliminación de la edición impresa del Boletín Oficial del Principado de Asturias reduce los costes derivados de tal medida".

Recuerdan que el artículo 4 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias establece que el bable gozará de protección, promoviéndose su uso, difusión en los medios de comunicación y su enseñanza, respetando en todo caso las variantes locales, y dispone, a la postre, que una Ley del Principado de Asturias regule tales aspectos.

Y que la Ley 1/1998, de 23 de marzo, de Uso y Promoción del Bable/Asturiano, pretende dar cumplimiento a ese mandato. Sus artículos primero y segundo proclaman aquél, y el gallego-asturiano (fala) en las zonas en las que tiene carácter de modalidad lingüística propia, como lenguas tradicionales de Asturias.

Por su parte, su artículo 5 prevé que las disposiciones, resoluciones y acuerdos de los órganos institucionales del Principado, así como las leyes aprobadas por la Junta General, puedan publicarse en bable/asturiano, mediante edición separada del Boletín Oficial de Principado de Asturias.

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