OVIEDO, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un conductor acusado de un accidente mortal ocurrido en Llanes en 2020 cuando circulaba sin carnet, sin seguro y con deficiencias en el coche, por las que no había pasado la ITV. El juicio oral se celebró este viernes en el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo y quedó vista para sentencia.
El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, nacido en 1976, sobre las 13:55 horas del día 4 de septiembre de 2020, conducía por la carretera AS-379, en Llanes, un Seat Toledo de su propiedad para el que no tenía concertado contrato de seguro y que carecía de licencia para circular por no haber pasado la ITV desde el 21 de abril de 2019 por deficiencias en el motor, la transmisión, los
ejes, las ruedas, los neumáticos, la suspensión, el alumbrado y las luces de señalización.
En el momento de ocurrir los hechos, el acusado carecía de
permiso de conducir en vigor, al no haberlo renovado desde el 6 de noviembre de 2007.
Al llegar al kilómetro 21,350, en un tramo recto -con un carril para cada sentido de circulación de 2,90 metros cada uno-, seco, limpio, en buen estado de conservación y con perfecta visibilidad, debido a que circulaba sin prestar la mínima atención a las circunstancias de la circulación, y con el vehículo en estado de conservación muy deficiente, invadió el carril contrario de rodaje y, sin frenar ni realizar maniobra evasiva alguna, circulando a 93 km por hora colisionó frontalmente contra otro vehículo, conducido por su propietario, B. L. M. J., que circulaba correctamente y que, pese a tratar de desviarse girando para arrimarse al borde derecho de la calzada, no pudo hacer nada para evitar la
colisión.
A consecuencia del impacto, B. L. M. J. sufrió un traumatismo craneoencefálico que provocó su fallecimiento. Tenía 45 años, estaba casado y tenía dos hijos. Su familia ha renunciado al ejercicio de las acciones civiles que pudieran corresponderle por haber sido indemnizada por el Consorcio de Compensación
de Seguros.
En el vehículo conducido por el fallecido también viajaba un hombre, que resultó con lesiones que precisaron tratamiento médico, quirúrgico y ortopédico. Tardó en curar 226 días. Le quedan como secuelas dolor persistente en la región esternal, material de osteosíntesis en clavícula derecha y limitación en la movilidad del hombro derecho en los últimos grados de abducción.
El hombre ha renunciado a cuantas acciones pudieran corresponderle por haber sido indemnizado por el Consorcio de Compensación de Seguros.
En el vehículo del acusado viajaban también su esposa y su hija, que no quisieron ser vistas por el médico forense y que se han reservado las acciones civiles que pudieran corresponderles.
Se ocasionaron daños en la barrera metálica lateral de seguridad de la carretera, cuya reparación ascendió a 605 euros.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de conducción temeraria, en concurso con un delito de
homicidio por imprudencia grave y con delito de lesiones por imprudencia grave y solicita que se condene al acusado a 3 años de prisión, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 6 años. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Código Penal, para el caso de imponerse una pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores por tiempo superior a 2 años, el Fiscal interesa que se
declare expresamente que la misma comporta la perdida de la vigencia de la licencia o permiso que tuviera el acusado en ese momento.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado, y como responsable civil directo y solidario el Consorcio de Compensación de Seguros, indemnizará al Principado de Asturias en 605 euros por los daños y perjuicios ocasionados en la carretera.